Impuesto de Plusvalias (Municipal)
Buenos días,
Tengo la siguiente consulta por si alguien me puede ayudar.
Un piso propiedad de un matrimonio.
Fallece el hombre en el año 2000 y no se liquida nada (ni plusvalias, ni patrimonio...).
Fallece la mujer en el año 2014 y se liquida su mitad de la herencia (plusvalias, patrimonio...).
El piso se desea vender en 2015. La duda que tengo se refiere al impuesto de plusvalías. ¿Se deberá tributar por el 50% con fecha de adquisición 2014 y el 50% con fecha de adquisición 2000? ¿O bien el 100% se considera como adquirido en el año 2014?
Un saludo y gracias,