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Obligacion de compensar perdidas bursatiles con rentas del trabajo o dejarlas para el año que viene

9 respuestas
Obligacion de compensar perdidas bursatiles con rentas del trabajo o dejarlas para el año que viene
Obligacion de compensar perdidas bursatiles con rentas del trabajo o dejarlas para el año que viene
#1

Obligacion de compensar perdidas bursatiles con rentas del trabajo o dejarlas para el año que viene

Hola,

En el año 2012 y 2013 tuve perdidas por venta de acciones.
Se que en la declaración del año 2013 y en esta del año 2014 se pueden compensar esas perdidas (las de menos de un año) con las rentas del trabajo (hasta un %).

Mi pregunta es, ¿esto es obligatorio? ¿o puedo dejar esas perdidas ahí acumuladas (hasta 4 años) para compensarlas con plusvalias por venta
de acciones para el año que viene?

Saludos y gracias,

#2

Re: Obligacion de compensar perdidas bursatiles con rentas del trabajo o dejarlas para el año que viene

Las del 2012 , se compensan todas con plusvalias de la Base del Ahorro y es mejor no dejar pasar la oportunidad.

Las del 2013 si son de menos del año si se compensan en la Base General y con hasta el 10% de la Base Imponible , yo las compensaria en este ejercicio, la noema es que se compensen, pero pueden olvidarse y no com`pensarlas, y veremos como las compensas en 2015 que ha cambiado otra vez las plusvalias/minusvalias.

Saludos

#3

Re: Obligacion de compensar perdidas bursatiles con rentas del trabajo o dejarlas para el año que viene

Vale, me has entendido = no me he explicado muy mal.

El caso es que en 2012 tengo perdidas a corto y a largo.
En 2013 tengo perdidas a largo.

Las alternativas son:
- Compensar las de corto plazo con hasta el 10% de las rentas del trabajo
- Compensar las de largo plazo con las rentas del ahorro

El problema es que no tengo capacidad en las rentas del ahorro para compensar apenas nada por lo que habia pensado compensar todas mis minusvalias el año que viene con las plusvalias de venta de acciones que tengo previsto tener.

Por tanto, lo que planteo es no compensar nada (de corto plazo, pues de largo no puedo) con las rentas del trabajo y dejarlo acumulado para compensarlo el año que viene con las plusvalias de acciones.

¿Es correcto?

Muchas gracias por adelantado.

#4

Re: Obligacion de compensar perdidas bursatiles con rentas del trabajo o dejarlas para el año que viene

Te he contestado que las perdidas del 2012 , solo se pueden compensar en la Renta del Ahorro, en el ejercicio 2012 no exitia diferenciacion entre los periodos de generacion , todas se integraban en la Base del Ahorro.

Por tanto todas las del 2012 y por lo que parece las del 2013 , son para compensar con plusvalias de la Base del Ahorro , asi que si no tienes sufientes plusvalias en el 2014, no es que quieras , es que puedes compensar solo las que te permita las plusvalias de la Base del Ahorro del 2014 y dejar pendientes el resto no compensado.

Saludos

#5

Re: Obligacion de compensar perdidas bursatiles con rentas del trabajo o dejarlas para el año que viene

Vale, me he liado con el año, que cuando cambiaba la fiscalidad era solo en 2013 y 2014.

Entonces el supuesto seria, si tuviese perdidas a corto en 2013.

Esas perdidas se podrían compensar con el 10% de las rentas del trabajo o dejarlas acumuladas. ¿Las dos opciones serian igual de validas legalmente?

Saludos y gracias por la ayuda.

#6

Re: Obligacion de compensar perdidas bursatiles con rentas del trabajo o dejarlas para el año que viene

Seria un olvido del contribuyente que no aplica las perdidas del ejercicio anterior, por omision.

Pero no termino de entender la postura , ya que si las compensas este ejercicio ya las tienes aseguradas y tendrias el mismo efecto fiscal , salvo que en el 2015 tengas previsto una importante subida en tus rentas de la Base General que eleven de forma significativa tu tipo marginal.

Pero cada uno es libre de opinar como quiera. mi consejo es que compenses las que puedas en este ejercicio.

Saludos

#7

Re: Obligacion de compensar perdidas bursatiles con rentas del trabajo o dejarlas para el año que viene

Si, por un motivo de esos, el que has expuesto, o que este año te devuelvan bastante en la declaración y asegurarte para la que viene que no tengas que pagar demasiado.

De todas maneras a mi me despista mucho la casilla 423, en la que de deja meter perdidas patrimoniales de los años 2010 a 2013 para compensar con rentas del trabajo.

¿No se supone que las perdidas patrimoniables solo se compensan con rentas del ahorro? Es lo que me confunde...

#8

Re: Obligacion de compensar perdidas bursatiles con rentas del trabajo o dejarlas para el año que viene

Naturalmente que te deja en las casillas no sombreadas (cumplimentacion automatica del PADRE), que el contribuyente cumplimente las cantidades que quiera, otra cosa es que estas cantidades sean correctamente imputadas o correspondan con la realidad y este cometiendo una irregularidad.

Esta Casilla concretamente esta para aquellas perdidas que no proveniendo de transmisiones y que en los ejercicios 2010 al 2012 fueron imputadas en la Base General , pero no para las que proveniendo de transmisiones (ventas) de estos ejercicios se imputaron a la Base del Ahorro.

Saludos

#9

Re: Obligacion de compensar perdidas bursatiles con rentas del trabajo o dejarlas para el año que viene

A modo de ejemplo, ¿que perdidas podrian ser? (es simplemente para mi entendimiento, se que yo no debo poner ninguna de las mias, pero me gustaría entenderlo...)

Muchisimas gracias, estás hecho un crack.

#10

Re: Obligacion de compensar perdidas bursatiles con rentas del trabajo o dejarlas para el año que viene

Las mas comunes son : - Las perdidas que no provengan del juego y que hayan causado un quebranto al contribuyente ( no de transmisiones) - Las subvenciones recibidas por adquisicion de vivienda u otras causas que sean anuladas por incumplimiento de normas y que son anuladas y generan en ese ejercicio una perdida)" - las posibles perdidas generadas por "entidades vinculadas al contribuyente" - Excepcionalmente y solo para este ejercicio 2014 Los derivados de saldos negativos de la Deuda Subordinada y de Participaciones Preferentes, que no se hayan podido compensar en la Base del Ahorro.

Esta ultima es consecuencia del "robo" de las preferentes para contribuyentes que no disponiendo de bases del ahorro suficientes para compensar estas perdidas , han hecho esta "chapuza fiscal".

Saludos