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COMPLEMENTARIA O RENDIMIENTOS DEL TRABAJO - Declaración complementaria - Declaración complementaria

2 respuestas
COMPLEMENTARIA O RENDIMIENTOS DEL TRABAJO - Declaración complementaria - Declaración complementaria
COMPLEMENTARIA O RENDIMIENTOS DEL TRABAJO - Declaración complementaria - Declaración complementaria
#1

COMPLEMENTARIA O RENDIMIENTOS DEL TRABAJO - Declaración complementaria - Declaración complementaria

En el ejercicio 2014 he recibido pago de atrasos de los años 2010.11,12,13 y del mismo 2014 ,se me han hecho las retenciones de IRPF y seguridad de los mismos.¿Cómo debo tributar por estos ingresos? En declaraciones complementarias en sus años correspondientes,si es así que cantidad pongo los ingresos netos o brutos,pues como digo ya se me ha retenido por ellos en el ejercicio 2014.o tengo que ponerlos en el ejercicio 2014 como rendimientos irregulares del trabajo,quedando exento el 40%?Gracias.

#2

Re: COMPLEMENTARIA O RENDIMIENTOS DEL TRABAJO - Declaración complementaria - Declaración complementaria

Estos atrasos estan obligados por alguna sentencia, en ese caso ver la fecha de la sentencia para aplicar en ese ejercicio la complementaria por el total cobrado de atrasos, por el bruto y con sus gastos de SS.SS y retenciones , quitandolo naturalmente de la declaracion del 2014.

El tratamiento de rendimientos irregulares , seria de aplicacion con el 40% de reduccion, con independencia de cuantas complementarias debes presentar.

Saludos

#3

Re: COMPLEMENTARIA O RENDIMIENTOS DEL TRABAJO - Declaración complementaria - Declaración complementaria

La declaración IRPF 2014 la presenté en mayo pasado y todavía no me ha hecho Hacienda la devolución . Acabo de recibir de la empresa (en este caso el Gobierno de La Rioja) por el que tengo que devolver cuantías de varios años. En concreto del ejercicio 2014 son 330€. ¿Tengo que hacer una complementaria? En caso afirmativo, en la página 2(IV) del programa PADRE ¿qué apartado tengo que seleccionar? Yo había pensado en el primero, pero hace referencia a atrasos y no devoluciones.
¿Qué me podéis aconsejar?

Saludos