Urgente: Herencia con Usufructo.
Buenas tardes.
Me gustaría saber cuál es la forma correcta de realizar la siguiente liquidación.
Se trata de una herencia en Andalucía donde se declara a partir de 175.000 euros.
Acabamos de terminar la valoración, hemos de presentarla la semana que viene como muy tarde y nos surge una duda muy importante
Madre fallece. Herederos únicos los dos hijos y Usufructo de todo el caudal para el marido (Padre, de 93 años = 10%)
La duda está en saber si el caudal a repartir entre los dos hijos incluye o no el 10% correspondiente al usufructo.
Esto es, saber cual de las dos liquidaciones siguientes es la correcta y en qué normativa, reglamento, ley encuentro su justificación. Muchas gracias. Dependiendo de uno u otro caso nos tocará o no declarar.
CASO A.
TOTAL BIENES 380.000,00
AJUAR (3%) 11.400,00
Deducción ajuar cónyuge superviviente en vivienda hab. (3% sobre 120.000) -3.600,00
CAUDAL BRUTO 387.800,00
Usufructo Papá (93 años = 10%) 10,00% 38.780,00
Caudal Hered. Neto a repartir hijos 349.020,00
LIQUIDACIONES:
PAPÁ 38.780,00
HIJO 1 174.510,00 (NO TENDRÍAMOS QUE DECLARAR)
HIJO 2 174.510,00
CASO B
TOTAL BIENES 380.000,00
AJUAR (3%) 11.400,00
Deducción ajuar cónyuge superviviente en vivienda hab. (3% sobre 120.000) -3.600,00
CAUDAL BRUTO 387.800,00
Caudal Hered. Neto a repartir hijos 387.800,00
LIQUIDACIONES:
PAPÁ (usufructo 10%) 38.780,00
HIJO 1 193.900,00 (TOCARÍA DECLARAR. A PAGAR APROX. 24.000 EUR POR HERMANO)
HIJO 2 193.900,00