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Indemnización despido causas objetivas
En marzo de 2014 me despiden alegando causas objetivas, ¿el importe percibido por la indemnización se debe incluir en la renta?
Gracias.
En marzo de 2014 me despiden alegando causas objetivas, ¿el importe percibido por la indemnización se debe incluir en la renta?
Gracias.
Pues si es la cuantía establecida por el Estatuto de los Trabajadores o por sentencia y no supera los 180.000 euros no, pues se trata de una renta exenta.