Incremento patrimonial... paga el comprador?
Hola,
Estaba leyendo el siguiente link donde explica cómo tributa la venta de un inmueble a partir de 2015. La frase siguiente no me queda clara por si alguien me la pudiese explicar:
"La persona que adquiere el inmueble, sea o no residente, está obligada a retener e ingresar en el Tesoro Público el 3% de la contraprestación acordada, teniendo este importe para el vendedor el carácter de pago a cuenta del impuesto que corresponda por la renta derivada de esta transmisión."
El artículo es el siguiente:
Gracias!