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Modelo 145

2 respuestas
Modelo 145
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#1

Modelo 145

Tengo un par de dudas con respecto a este punto:

-Casado/a y no separado/a legalmente cuyo cónyuge no obtiene rentas superiores a 1.500 euros anuales, excluidas las exentas.
En mi caso mi cónyuge percibe una pensión de la Seguridad Social por Incapacidad, ¿estaría exenta? y la otra pregunta es si estoy obligado a poner la pensión anual que cobra. En el modelo 145 que me envían telematicamente de la empresa, me piden rellenar este dato.
Muchas gracias.

#2

Re: Modelo 145

Las rentas exentas según la normativa:

Las prestaciones reconocidas al contribuyente por la Seguridad Social o por las entidades que la sustituyan como consecuencia de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
Respecto a si hay que indicar el importe de la pensión que cobra tu cónyuge, no veo que sea obligatorio. Solamente marcar la casilla correspondiente (no obtención de rentas superiores a 1.500 euros) y, si se marca, el NIF. Un saludo.
#3

Re: Modelo 145

Muchas gracias, batiscafo.