Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Galicia
Lola Mourelo López
Participante
Buenas tardes,
necesito vuestra ayuda para el siguiente caso:
Un matrimonio con tres hijos hace una escritura de apartación a favor de uno de los hijos en 2012, a través de ella apartan de la legítima a este hijo entregándole bienes inmuebles por valor de 162.000 euros (81.000 de la herencia de la madre, y 81000 de la herencia del padre). En ese momento liquidaron impuesto de sucesiones y donaciones con base liquidable de 0,00 euros.
En julio de 2015 fallece la madre, entonces hay que liquidar el impuesto de sucesiones y donaciones del testamento de la fallecida, en el que lega a este hijo otros bienes inmuebles y dinero en efectivo.
La duda es si tengo que volver a meter en la liquidación de los bienes que se le otorgan por testamento el valor de los bienes recibidos en la apartación. En la oficina de Facenda me dicen que sí, pero no lo veo claro, porque si ya fue liquidado en su día….
¿qué opináis?
Gracias