Deducción por arrendamiento: Fianza depositada un año después. Dudas - Deducción por alquiler de vivienda habitual
Hola!
Veréis, alquilé un piso en 2014, y cuando fuimos a hacer la renta en 2015 del 2014 nos enteramos de que el propietario no había depositado la fianza en la cuenta de la Generalitat Valenciana, por lo que no nos pudimos beneficiar de la deducción.
Tras mucha pelea, conseguimos que a finales de dicimiebre, depositara la fianza en las cuentas de la Generalit, la duda es ¿Puedo beneficiarme de la deducción del ejercicio 2015 aunque haya hecho el depósito a final de año?
Todo lo que he encontrado es esto:
"La realización del depósito de la fianza con posterioridad a la celebración del contrato no impide aplicar la deducción, siempre que se efectué antes de la finalización del período impositivo."
Gracias por la ayuda!