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Sobre aplicación de la regla de los 2 meses

8 respuestas
Sobre aplicación de la regla de los 2 meses
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Sobre aplicación de la regla de los 2 meses
#1

Sobre aplicación de la regla de los 2 meses

Una pregunta hipotètica que me ha paado por la cabeza (a partir de un caso parecido).
El/la señor/a X compra acciones 500 acciones que tiene en cartera a 20 €. Un dia de pánico bursatil por la mañana las acciones caen a 15 € y compra 500 más. Por la tarde, pone un stop a 500 acciones a 13 € y le salta el stop. Total: pierde 7x500=3500 € en las primeras 500 acciones.
Al final de año, cansado que no suban vende a 14 € las 500 que le quedan y cierra posición (500 € de pérdidas). ¿Cuánto puede computarse en total perdidas?
Gracias.

#2

Re: Sobre aplicación de la regla de los 2 meses

En la primera operación, ya has hecho el cálculo. Pierde 3.500 euros.

Y en la segunda también. Pierde 500 euros.

Total tiene posibilidad de compensar 4.000 euros de pérdida en el caso de que no vuelva a recomprar bien sea con ganancias o bien con rendimientos positivos de capital mobiliario (hasta un porcentaje).

Un saludo.

#3

Re: Sobre aplicación de la regla de los 2 meses

El "truco" para está en cerrar la posición al cerrar el año, ¿es así?
Gracias.

#4

Re: Sobre aplicación de la regla de los 2 meses

No tiene que ser al cerrar el año.

Lo puedes hacer en el mes que quieras siempre que no vuelvas a recomprar en los dos meses siguientes.

A nivel práctico, sí que tiene más ventaja si uno piensa desprenderse de determinado valor, hacer la venta el 31.12.16 que el 02.01.17.

Con la primera fecha, declararías todas las pérdidas en el mismo año y tendrías la opción de compensarlas en el mismo.

Con la segunda fecha, tendrías que declararlas en dos años distintos y no podrías compensarlas más que en 2017.

Un saludo.

#5

Re: Sobre aplicación de la regla de los 2 meses

Gracias. Yo tenia entendido que no podias declarar como perdidas las primeras porque habias comprado antes de vender (sin dejar pasar 2 meses pera volver a comprar).

#6

Re: Sobre aplicación de la regla de los 2 meses

Las pérdidas las declaras siempre.

Ahora bien, en el ejemplo que has puesto y al haber recompra, no puedes aplicar la pérdida hasta que no vendas las acciones "definitivamente". Una vez que lo hayas hecho, puedes compensar todas las pérdidas que te hubiese producido ese valor.

Un saludo.

#7

Re: Sobre aplicación de la regla de los 2 meses

Ok. Muchas gracias. Ahora lo tengo claro. Hay que cerrar la posi para aplicar perdidas independientemente de al final de año u otro momento.

#8

Sobre aplicación de la regla de los 2 meses

Otra pregunta hipotètica sobre el tema a ver si alguien la sabe y ayuda. Si vendo 500 acciones, por ejemplo, de una compañia el dia 30 de diciembre de 2016 con, por ejemplo 1000 € de perdidas y recompro 500 o parte de la misma compañia el dia 3 de Enero de 2017, ¿puedo declarar las perdidas de 100 € en el ejercicio 2016 o como he recomprado , aunque en otro ejercicio, he de esperar a volver a vender?
Gracias.

#9

Re: Sobre aplicación de la regla de los 2 meses

Si vendes 500 acciones con pérdidas el 30.12.16 y vuelves a comprar 500 acciones el día 03.01.17, como no han pasado dos meses desde la venta con pérdidas, declararías la pérdida en el año 2016 pero no podrías aplicarla hasta que volvieras a vender las segundas 500 acciones.

En el caso de la segunda vez recomprases una cantidad menor (200 acciones por ejemplo), declararías la pérdida de las 500 acciones, pero solamente te podrías aplicar la pérdida de las no recompradas (300 acciones). Cuando vendieses las 200, te podrías aplicar las pérdidas del resto.

Un saludo.