Extinción de condominio y donación en Andalucía.
Hola a todos.
Tengo un tema un poco lioso, espero que pueda explicarlo bien.
Mi madre falleció en 2015. Resultamos como herederos mi hermana y yo nuda propieda del 50% y mi padre usufructuario de nuestro 50% y nuda propiedad del otro 50%.
Hicimos herencia y la registramos, pagamos todos nuestros impuestos.Tanto la casa como los herededor somos de Málaga.
A día de hoy, voy a adquirir esa vivienda por el valor fiscal (que según se establece en la herencia es de 169.245,24€) mediante extinción de condominio.
He pedido una hipoteca por valor de 100.000€ para pagar el total correspondiente a mi hermana y parte de mi padre (30.041,02 para ella y 69.958,98 para él)
Mis dudas son las siguientes:
1-Para la cantidad restante que me queda para abonar a mi padre, al ser extinción de condominio ¿él podría hacerme una donación, por ejemplo de 25.000€? Sería mi vivienda habitual. ¿Qué impuestos tendríamos que pagar, tanto él como yo en el momento de la donación o en la declaración de la renta siguiente?
2-Al hacer la extinción por el valor fiscal, ¿tendría mi padre algún tipo de incremento de patrimonio con respecto al valor de adquisición de la vivienda de cuando ellos la compraron?
Espero haber podido explicar bien mi caso. Gracias de antemano a todos por la respuesta. Saludos!