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Devolución bancaria por retroactividad cláusula suelo

7 respuestas
Devolución bancaria por retroactividad cláusula suelo
Devolución bancaria por retroactividad cláusula suelo
#1

Devolución bancaria por retroactividad cláusula suelo

En cajamar me han calculado lo que me devolverán por el suelo y si estoy de acuerdo con el importe debo firmar un documento y después de firmar me darán las opciones para devolver el dinero cobrado de más. ?Es legal? Cómo me aseguro que después de firmar me devolverán el importe en efectivo y no con sus ofertas de productos? Alguien sabe algo?? 

#2

Re: Devolución bancaria por retroactividad cláusula suelo

Lo mas importante es que el calculo de la devolucion del exceso cobrado por la clausula suelo, este correctamente confeccionada.

El mecanismo de cobro, entiendo que sera en efectivo y en este caso tendras que declarar en el IRPF esta regularizacion, si has aplicado deducciones fiscales por la inversion en la vivienda habitual, o aplicando el importe a la cancelacion de capital pendiente, en cuayo caso no tienes nada que hacer en el IRPF. ( mi criterio es que este es el mas aconsejable)

Saludos

#3

Re: Devolución bancaria por retroactividad cláusula suelo

#4

Re: Devolución bancaria por retroactividad cláusula suelo

Bueno, creo que el IRPF solo afecta a unos meses del 2013 porque prescribe.
Sigo pensando que está mal que si quieren llegar a un acuerdo no especifiquen las opciones hasta que se firme la aprobación del importe calculado ya que en el informe pone "puede que se pacte otra opción que no sea efectivo" . Gracias!!

#5

Re: Devolución bancaria por retroactividad cláusula suelo

Buenos días, Cajamar me ha propuesto la devolución de los intereses por la anulación de la cláusula suelo. En mayo de 2013 tras la sentencia del Supremo, Cajamar elimino dicha cláusula, por tanto me van a devolver las cantidades pagadas de más anteriormente a esa fecha. Mi duda es respecto a la declaración de la Renta el próximo año. ¿Qué tendré que hacer?, entiendo que como me la eliminaron en mayo del 2013, y el resto de años anteriores ya ha prescrito solo tendría que regularizar los intereses de 2013 desde enero a mayo. Gracias.

#6

Re: Devolución bancaria por retroactividad cláusula suelo

Efectivamente es como comentas y si estamos hablando de que te estás deduciendo por adquisición de vivienda habitual. Si el acuerdo o sentencia es del año 2017, tendrás que regularizar 2013 y siguientes en la declaración del año 2017 (a presentar en 2018):

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_componentes_/_Le_interesa_conocer/Historico/2017/Principales_novedades_tributarias_introducidas_por_el_Real_Decreto_Ley_1_2017__de_20_de_enero__de_medidas_urgentes_de_protecc__lausulas_suelo_.shtml

Respecto al año 2016, deberías de tener en cuenta lo que se dice en el enlace:

No obstante, si la sentencia o acuerdo es anterior a la finalización del plazo de presentación de la declaración del IRPF del año 2016 (30 de junio de 2017), los intereses del año  2016 no se tendrán en cuenta para aplicar la deducción en vivienda y, por tanto, la regularización no afectará a dicho ejercicio.

 

Un saludo.

#7

Re: Devolución bancaria por retroactividad cláusula suelo

Gracias por contestar batiscafo. Yo ya presenté la declaración de la Renta el mes pasado pero no debería afectarme porque en 2016 no tenía clausula suelo ya que como he dicho en mi anterior mensaje la eliminaron en mayo del 2013. Me han entregado un cuadro de amortización sin clausula suelo ademas de otro cuadro con clausula suelo. Entiendo que solo tengo que regularizar la diferencia de cuota con y sin clausula suelo, entre lo que pagué entre enero de 2013 y mayo de 2013. ¿Me equivoco?

#8

Re: Devolución bancaria por retroactividad cláusula suelo

Entonces, todo correcto.

En la declaración del próximo año incorporas los datos, y está regularizada la situación.

Un saludo.