Mecanismo/porcentajes para compensar perdidas con ganancias
Muy buenos días,
Estoy haciendo cálculos de cara a la declaracion de 2018 y , me surge una duda.
He estado leyendo que, el primer año puedes compensar el 100% de las pédidas si tienes beneficios suficientes y, que los siguientes años, va por porcentajes. Dicha retención, refiere al primer año de compensacion o al año de venta? Esto es, si en 2017 tengo, pongamos, 1500€ en perdidas (a declarar en 2018) y decido esperar a compensar el ejercido siguiente (2019), podré compensar todo o solo un porcentaje? La compensación se realiza, supongo, sólo con la retención aplicable a las ganancias, no con el volumen total, verdad?
Un saludo y muchas gracais