JUANMILLA
No se hizo nada de aceptar la Herencia en Documento hecho ante Notario tras una partición ; por tanto lo de acudir a la Notaría a que hagan un duplicado no es posible ;
se hizo un Documento Privado del estilo del que reproduzco más abajo y a continuación se pagó en la HACIENDA ESTATAL ya que en 1979 el Impuesto de Sucesiones no estaba todavía transferido a las Comunidades Autónomas.
COMO PARÉNTESIS DIRÉ QUE ERA 500.000 VECES MEJOR LO QUE PASABA ANTES; HACE AÑOS ESE IMPUESTO LO GESTIONABA LA HACIENDA ESTATAL ( lo que HOY llamamos AGENCIA TRIBUTARIA - Ministerio de Hacienda y Función Pública ) y eso era infinitamente mejor que lo que pasa ahora que es que ese impuesto lo gestionan las CCAA; ahora en cada Comunidad Autónoma se paga una cantidad diferente lo cual crea unas desigualdades enormes, pero siendo eso espantoso y algo que crea unas desigualdades muy difíciles de entender , hay algo todavía más rocambolesco y estrambótica que sucede en bastantes ocasiones.
Como no está claro donde vivió el difunto su última época y el tiempo exacto , los herederos pagan el Impuesto de Sucesiones en donde el difunto tenía el domicilio que figuraba en su DNI y , ahora viene lo terrible , si el difunto se ha muerto en casa de un hijo que vive en otra comunidad autónoma, esa comunidad autónoma también exige el pago del impuesto de sucesiones, si es que hay indicios de que ha vivido más de cierto tiempo en casa del hijo o nieto A CUYA CASA HA IDO A MORIRSE EL anciano
Esto da lugar a que los herederos deban pagar en dos sitios el Impuesto de Sucesiones y que luego intenten mediante trámites de años y años ..... que en una de las dos CCAA devuelvan lo indebidamente ingresado.
Ejemplo de lo que acabo de decir : señor mayor residente toda su vida, 79-85 años , en El Escorial , aranjuez , mostoles o torrelaguna ( qué más dá ) y que toda su vida ha tributado y vivido allí y que tiene un piso en El Escorial, Aranjuez , móstoles o Torrelaguna ( qué más da ) en donde ha vivido siempre ; se pone muy mayor y muy enfermo y va a morirse a casa de una sobrina-nieta a Sevilla ; al cabo de una temporada el anciano se muere en Sevilla ; la sobrina -nieta paga religiosamente el Impuesto de Sucesiones en Madrid ( porque la gestoría de El Escorial , Mostoles , tORRELAGUNA , Aranjuez ( qué más da ) que llevaba desde siempre los papeles del anciano así se lo indica y le tramita el pago del Impuesto de Sucesiones , Plusvalía y resto de trámites )
Todo esto se hace antes de que hayan transcurrido 6 meses de la fecha de la muerte del anciano ; a los 4 años de la muerte del anciano , cuando la sobrina -nieta ya creía haber hecho todo el papeleo de su tío abuelo y que ese asunto ya estaba totalmente acabado : SORPRESITA !!!! ....... se recibe una notificación de la Junta de Andalucía en que se dice que como han averiguado que el difunto era atendido por el Servicio Andaluz de Salud y de hecho falleció en un Hospital Andaluz , se supone que EL ANCIANO vivía en Andalucía y se le reclama el pago del Impuesto de Sucesiones en Andalucía .... La sobrina - nieta acude a la Junta de Andalucía en donde le enseñan un documento que ha emitido el Servicio Andaluz de Salud ( SAS ) que certifica que su tío abuelo ha acudido xxx veces a un centro de salud de Sevilla y otras xxx veces a un Hospital Andaluz a consultas de atención especializada ; la pobre mujer horrorizada enseña los documentos de haber pagado ya el Impuesto de Sucesiones en El Escorial, Móstoles , Aranjuez , Torrelaguna ( qué más dá ) , bueno en La Comunidad Autónoma de Madrid, y en la Junta de Andalucía le dan como solución que pague en Andalucía y que luego reclame a la Comunidad de Madrid para que le devuelvan lo que pagó .
La sobrina - nieta, creyendo que está sufriendo alucinaciones , acude a un abogado que TRAS COBRARLE 250 € le dice que esa reclamación para que la Comunidad de Madrid le devuelva, puede llevar unos 5-7 años de trámites ..... Pero que pague ahora a la Junta de Andalucía y que si acaso le diga a su gestoría de aranjuez , móstoles , el escorial o torrelaguna ( qué más dá ) que asuman su posible error al tramitar el pago del Impuesto de Sucesiones y que se lo comunique la gestoría al seguro de la gESTORÍA PARA que asuma algo de los gastos de tener que pagar dos veces por la misma cosa .......
Bueno , me he extendido un poco en algo terrorífico.
Vuelvo al principio. Del estilo de este formulario, que reproduzco a continuación, fue el documento privado que se hizo a la muerte de mi padre y que yo , casi 40 años despues de morir mi padre , yo no tengo
y que al no haberse hecho en documento público en Notaría , no puedo pedir duplicado a la Notaría
Modelo privado de aceptación de herencia y solicitud de inscripción de bienes
Sr. Liquidador del Impuesto de Sucesiones.
D/Dª :.......................................................................................con N.I.F.: .........................y domicilio en................................., Calle.............................................................................. (indique sus datos)
EXPONE:
Que D/Dª: ....................................................................... con N.I.F.: ....................... falleció en fecha .............................., como se deduce del certificado de defunción del Registro Civil, que se acompaña, teniendo su residencia habitual en .................................., en estado de soltero/a, casado/a, viudo/a de D/Dª: ................................................................., fallecido/a el día............................................. .
Que el parentesco que el que suscribe tenía con el/la fallecido/a, es el de .................., nacido el día........................................
Que acredita su condición de heredero con el testamento/declaración judicial de herederos abintestato/ acta de notoriedad (escoja lo que proceda), que junto con el correspondiente certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad, se acompañan.
Que los bienes que existían en el patrimonio del fallecido y su valoración son, única y exclusivamente, los que a continuación se describen:
De carácter privativo - valor
1)........................................................................................... ...............................................
2)..........................................................................................................................................
3)..........................................................................................................................................
De carácter ganancial - valor
1)........................................................................................................................................
2)........................................................................................................................................
3)........................................................................................................................................
(Deberán hacerse constar pisos, locales, fincas rústicas, vehículos, acciones, cantidades en libretas de ahorro y cuentas corrientes, etc., con el valor que se declara para cada uno de los bienes. En el caso de que se pretenda la inscripción en el Registro de la Propiedad de la adquisición hereditaria de los bienes inmuebles que figuren inscritos a favor del causante, será preciso que la descripción de los mismos se ajuste a lo dispuesto en los artículos 9 de la Ley Hipotecaria y 51 de su Reglamento –identificación, situación, superficie, linderos, título anterior- siendo conveniente, además, hacer constar los datos de inscripción de los mismos)
Que los gastos de entierro y última enfermedad satisfechos, ascienden a la cantidad de ...................... euros.
Que las deudas deducibles del causante ascienden a la cantidad de ........................... euros.
Que el patrimonio preexistente del que suscribe es ................................................ euros.
Que se solicita la aplicación de las reducciones pertinentes en la base imponible.
Que el/la causante no tenía otros bienes conocidos. En caso de aparecer algún otro se adicionará a la herencia en la forma que legalmente corresponda.
(Si solicita la reducción del 97 % del valor de la vivienda habitual en la base imponible:)
Que se solicita del Sr. Liquidador del Impuesto sobre Sucesiones la reducción del 97 % del valor de la vivienda habitual prevista en el art. 20.2.c) de la Ley 29/1987, comprometiéndose el heredero a no transmitir la citada vivienda en un plazo de 10 años, haciéndolo constar así mismo en el caso de elevar este documento privado a escritura pública de aceptación de herencia.
Visto todo lo anterior, SOLICITA:
Sea admitido este documento privado de aceptación de herencia para la liquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, sirviendo además la presente instancia para solicitar la inscripción en el Registro de la Propiedad de los inmuebles relacionados en el inventario de bienes a favor del que suscribe.
En ..............................a ...... de ................... de ......... (Lugar y fecha)
Fdo.:...................................................................... (Nombre)