Tributación de ganancia o perdida patrimonial por cambio de divisa
Hola,
Os planteo una duda tributaría a ver si alguien puede aclararme.
Estuve unos años residiendo en un país de la Unión Europea y compré un piso como primera residencia.
Cuando venda ese piso recibiré el pago en una cuenta del mismo pais. Entiendo que en el momento de la venta debo de declarar la ganancia o pérdida patrimonial en el IRPF en España pues ahora soy residente fiscal aqui, como la diferencia del valor de compra y venta convertidos a euros en el día de la compra y la venta.
Mi duda surge sobre como tributar la ganancia o pérdida ocasionada por el cambio de divisas cuando decida repatriar el dinero de la venta.
Muchas gracias,