En el punto n. 2 de este hilo, tienes una explicación de como calcular el importe que te puede corresponder de devolución, en el caso de que te corresponda.
A groso modo tienes que saber el importe que corresponde a la "Prestación" y solo lo puede ver en los "Datos Fiscales", que es donde esta desglosado el importe de Rendimientos del Trabajo , que en la Declaración lo tienes en una sola cifra,
Partiendo del importe que aparece en los "Datos Fiscales" como "Pensión" , que es el importe cobrado como Prestación por Maternidad, lo restas al importe de la Declaración de Rendimientos del Trabajo y con esta nueva cifra como Rendimientos del Trabajo se confecciona una nueva declaración, que te dará como resultado un importe distinto al declarado.
Este nuevo resultado ha de ser inferior al declarado ( Ha bajado la renta declarada) , esta diferencia seria el importe a devolver por la Agencia Tributaria, siempre que no se te haya devuelto todo en la primera Declaración.
Te pondré un ejemplo de la Declaración del 2014, con los números de las casillas a considerar:
La Casilla 001 que recoge el total de rendimientos del trabajo donde se encuentra incluida la Prestación por Maternidad, debe ser minorada en el importe que tengas en tus "Datos Fiscales" como "Pensión" , solo el importe de rendimiento, sin tocar las otras partidas de retención o Gastos SS.SS.
Esta modificación hace variar las Casilla 424 - 430 - 488 y 490 . Todas las casilla que van de 524 a 568 también variaran en algunos casos, pero las que si tendrán seguro variación serán las 570 - 571 y 581 - 581 y fundamentalmente la Casilla 589 que es el resultante de la Declaración , no tendrás variación en la Casilla 601 que son los pagos a cuenta.
Por ultimo la Casilla 610 que es el resultado de la Declaración, es la que tiene la variación que te determina el importe que puedes solicitar como devolución.
NOTA.- Si esta Casilla 610 tiene en tu Declaración original un valor positivo (A pagar) y la Declaración modificada tiene un valor inferior o negativo , el importe a devolver será el positivo que pagaste mas el negativo(sin signo) que te resulte de la modificada ( positivo original de 450 y negativo de modificada - 1.040) a devolver 1.490.
Si esta Casilla 610 de tu Original es negativo a devolver y este importe ya se te ha devuelto, el negativo de la modificada se minora con la devolución ya cobrada y este es el importe a solicitar devolución.
Puede ocurrir que lo devuelto (Casilla 610) en el original, sea lo mismo que lo que tienes en la Casilla 601 (Pagos a cuenta) , con lo cual la Agencia Tributaria no puede devolverte nada ya que te ha devuelto todo lo previamente pagado.
Saludos