Cobro deuda de alquiler por embargo judicial
Buenos días,
Tengo un cliente que tuvo un local alquilado y durante 12 mensualidades no cobró la renta, pero si que pagó el IVA a Hacienda y lo declaró en renta como rendimiento de capital inmobiliario
Le hicimos reclamación Judicial, e hicimos el procedimiento para poder recuperar el IVA de las 12 mensualidades y que se lo quitaran como rendimiento de capital inmobiliario en la renta, cosa que se hizo. (la factura es: base+IVA-retención = neto. la reclamación judicial la hizo el abogado por el neto a pagar)
Es como si no hubiera existido dicho alquiler.
La reclamación Judicial siguió adelante y del importe total reclamado (mensualidades pendientes(Neto)+Indemnización según contrato+Costas) se ha cobrado una parte por embargo, parte de la que le ha cobrado el abogado y el procurador.
Tengo dos dudas ante lo que ha cobrado:
-¿Tiene que pagar el IVA?
-¿Tiene que incluirlo en el IRPF como incremento de patrimonio a parte general?
La lógica me dice que en el IRPF como incremento si, pero me entra la duda en el IVA.
¿Qué opináis?
Muchas Gracias