Gastos deducibles rendimientos del trabajo
Buenos días,
Necesito consejo sobre la deducción de 2000€ de otros gastos que se aplican con caracter general a los rendimientos del trabajo personal en IRPF. En concreto si esta deducción se puede aplicar por duplicado en caso de declaración conjunta. El art. 19.2.f los trata como gasto individual y no veo en que lugar de la normativa dice que en la declaración conjunta no puede reducirse ese importe por cada uno de los perceptores.
Gracias anticipadas.
Saludos
Enric