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Recompra de acciones con pérdidas.

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Recompra de acciones con pérdidas.
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Recompra de acciones con pérdidas.
#1

Recompra de acciones con pérdidas.

Buenas.Ya sé que hay multitud de ejemplos contestados por otros foreros,pero la verdad es que cuando parece que con uno te queda claro,ves otro y te surgen dudas:

El 29-12-17 vendo 554 acciones del STDER con pérdidas.Después de esta venta mi saldo de STDER no es de cero acciones,sino que todavía tengo títulos en cartera.

El 02-01-18 compro 1650 acc.

El 04-01 vendo 1650.

El 17-01 compro otras 1650

El 19-01 vendo 1650.

 

El 29-12-17 vendo 2000 acc de TELEFÓNICA con pérdidas.El saldo  de TELEFÓNICA después de la venta no es cero,sino que quedan títulos en cartera.

El 02-01-18 compro 1100 acc.

El 04-01 vendo 1100 acc.

El 25-01 compro 1100 acc.

Como se ve ,la intención era aflorar minusvalías a finales del ejercicio,pero no lo apunto y recompro a los pocos días,vendiendo dos días despúes para obtener ganancias a corto plazo.

Mi pregunta es si no es posible compensar en los dos casos y si tengo que tener vender todas las que me queden de las dos compañías para poder compensar en ejercicios venideros.

Saludos.

#2

Re: Recompra de acciones con pérdidas.

La regla de antiaplicación, determina los siguiente:

Cuando en una venta con perdidas (Solo en caso de perdidas), se recompren acciones del mismo título antes de transcurridos 2 meses (de fecha a fecha), bien anterior o posterior a la venta, esta perdida generada en la venta, se declara pero no puede ser aplicada (no se pueden compensar), hasta que las nuevas acciones recompradas sean vendidas.

Ahora la complicación viene si se hace un continuo carrusel de compra-ventas, sin considerar el periodo,para que esta regla no aplique . Un sistema para que con independencia de todos los movimientos realizados a lo largo de un año, se tenga la seguridad de que todos esto movimientos con perdidas y ganancias, sean aplicables (Compensables) , es el dejar la cartera de este título a CERO de acciones al final del año y no realizar ninguna recompra hasta pasados los 2 meses desde la ultima venta con perdidas.

Se tiene que tener en cuenta dos principios básicos de las acciones, que el sistema FIFO ha de cumplirse (Se venden primero las primero compradas) y el numero de las acciones que quedan sin poderse aplicar es el mismo numero que de acciones se compran y que se van liberando a medida que estas recompras de venden.

En contestación a tu ejemplo, en principio no puedes aplicar, en la Declaración del 2017, aunque si declarar las 554 acciones STDER y 1.100 acciones de TEF de las vendidas en 2017. Lo que no puedo decirte es en el 2018 cuales son las que puedes aplicar, no se el resultado de Perdida/Ganancia de las ventas en este ejercicio.

Saludos