Deduccion IVA renta en modulos
Buenos días a todos,
Un tema que afecta a casi todos los asesores pero sobre el que no conseguimos ponernos de acuerdo ni una respuesta clara y normativizada, pese a parecer una cuestión muy básica y simple.
- Trasportista en módulos en IVA.
- En Gipuzkoa (no hay módulos en RENTA).
En el Anexo de Actividad de su renta, ¿debemos incluir el IVA repercutido y soportado no liquidado mediante los módulos?
Es decir, ¿declaramos sobre las bases o bases más IVAs?
Obviamente, el IVA que han pagado por el módulo será un gasto más. Pero ¿y el resto?
Supongo que somos muchos los que tenemos este tipo de caso, pero tras muchas consultas a colegas de profesión y a Hacienda, seguimos en debate.
Muchas gracias a quien se anime a ayudar!