La cuestión económica: si no trabajas es esperable que te tenga que pasar una pensión a ti durante un tiempo. Es excepcional que se fije compensatoria a las madres a perpetuidad, suele ser durante un tiempo. La vivienda se la suele quedar en usufructo el cónyuge que se hace cargo del hijo, pero no tiene por que ser asi, especialmente si os mudais de ciudad. Si estáis casados en gananciales hay que liquidar la sociedad de gananciales, lo habitual es que la vivienda sea de los dos y hay que repartirla. Si alguno se la quiere quedar puede comprar al otro su parte. Pongamos que cuesta 100000 euros y hay una hipoteca por pagar de 50000. Pues hay 50000 ya pagados, 25000 para cada uno y la hipoteca la acaba de pagar el que se la queda. En este caso cuidado, porque los bancos no suelen aceptar quedarse con un solo pagador, así que si el no paga te pueden reclamar a ti el pago. Procura dejar esto bien atado. También se puede vender la vivienda, cancelar la hipoteca y repartir lo que quede. Si estáis en separación de bienes y la vivienda es común, comprada a medias, pues entonces es igual que te he explicado antes . Si es un bien privativo pues se la queda el propietario.
Por vuestro hijo tiene que pasar pensión de alimentos, independiente de la tuya, hay calculadoras online con las que te puedes hacer una idea.
Básicamente busca un buen abogado y deja todo correcto, incluida la autorización para cambiar de domicilio. Ni de broma te puedes llevar a tu hijo a vivir a otra ciudad sin que tu exmarido lo haya firmado, a ver, si es en la misma provincia no suele haber problema, de Majadahonda a Boadilla del Monte, por ejemplo no creo que haya mayor complicacion, pero ni de broma de Madrid a Toledo, por poner un ejemplo.