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Impuestos a pagar por vivienda habitual - Testamento

5 respuestas
Impuestos a pagar por vivienda habitual - Testamento
Impuestos a pagar por vivienda habitual - Testamento
#1

Impuestos a pagar por vivienda habitual - Testamento

Tengo un piso a la venta, por haberlo heredado en San Sebastian, figuraba, hasta ahora, como vivienda habitual, pero me he trasladado a vivir a Matarò y me he empadronado aqui, pero el piso no es de mi propiedad, donde vivo ahora. ¿ Si vendo el piso, de San Sebastian, tendré que pagar IRPF, a pesar de haber pagado el impuesto de sucesiones ?
#2

Re: Impuestos a pagar por vivienda habitual - Testamento

Si en ejercicio de la venta debes declararlo en tu IRPF y la ganancia o perdidad obtenida, se calcula por la diferencia entre el valor de venta y el de adquisicion.

Al valor de adquisición (herencia) que es el que figura como base en la Liquidación del Impuesto de Sucesiones, le puedes incrementar, los gastos ocasionados por la herencia, entre los que estan, el Impuesto de Plusvalía Municipal pagado en la herencia.

Al valor de venta se le puede incrementar los gastos de la gestion de venta y nuevamente el Impuesto de Plusvalia Municipal que pueda corresponder pagar en la transmisión.

Saludos



#3

Re: Impuestos a pagar por vivienda habitual - Testamento

Entiendo que no tienes mas de 65 años, ya que para estos contribuyente la venta de la vivienda habitual se encuentra exenta de tributacion.
Asi mismo, veo que no reinviertes en la adquisición de otra nueva vivienda habitual, con lo que no tienes ningún tipo de exencion por la reinversion.

Saludos

#4

Re: Impuestos a pagar por vivienda habitual - Testamento

Tengo 65años y no reinvierto en otra vivienda, porque vivo en un piso que no es de mi propiedad. Que es donde estoy empadronado

#5

Re: Impuestos a pagar por vivienda habitual - Testamento

Si cuando vendas la actual vivienda










#6

Re: Impuestos a pagar por vivienda habitual - Testamento

Tienes cumplidos los 65 años y tienes anuncios para su venta, en el momento de tu cambio de residencia, para que esta vivienda se pueda seguir consideranto tu vivienda habitual, esta exenta y no tienes que declarar su venta.
Saludos