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Incapacidad temporal - Seguridad Social
Buenos días desde el 12 de noviembre de 2019 estoy de baja, el 25 de octubre de 2020, antes de llegar al año el INSS me citó y me concedió una prorroga de 180 días mas. Hace unos días me llegó una carta que me informaba que tenia que pasar por el tribunal el 7 de abril. Ayer recibí una llamada de que se suspendia la visita por el estado de alarma y que a lo mejor se me notificaba la resolución sin necesidad de comparecer, mi pregunta es si eso es legal si pueden dar el alta sin comparecer ante el tribunal, por otra parte mi prestación de 18 meses, en teoría debe acabar el 12 de mayo de 2020. Buscan ahorrarse un mes de pago? Si la situación de cuarentena se alarga deben seguir pagandote hasta que te evaluen? Gracias.