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Dudas declaración renta
Buenas noches,
Mi nombre es Jorge y es un placer estar por aquí.
Nuestro padre falleció en noviembre de 2019 y la aceptación y partición hereditaria se realizó en escritura pública ante notario en enero de 2020. Nos dejó en nuda propiedad a mi hermana y a mí el 50% de la vivienda y la plaza de garage (25% de cada inmueble a cada uno), siendo el otro 50% de nuestra madre, que heredó el usufructo vitalicio del 50% de nuestro padre. La vivienda heredada es la vivienda habitual y en ella vivimos mi madre y yo. Mi hermana vive con su pareja en otra casa.
Dicho esto, paso a preguntarles mis dudas, por si alguien es tan amable de ayudarme:
Mi nombre es Jorge y es un placer estar por aquí.
Nuestro padre falleció en noviembre de 2019 y la aceptación y partición hereditaria se realizó en escritura pública ante notario en enero de 2020. Nos dejó en nuda propiedad a mi hermana y a mí el 50% de la vivienda y la plaza de garage (25% de cada inmueble a cada uno), siendo el otro 50% de nuestra madre, que heredó el usufructo vitalicio del 50% de nuestro padre. La vivienda heredada es la vivienda habitual y en ella vivimos mi madre y yo. Mi hermana vive con su pareja en otra casa.
Dicho esto, paso a preguntarles mis dudas, por si alguien es tan amable de ayudarme:
1) Si no estoy confundido la nuda propiedad no tributa, ¿pero es necesario incluir la nuda propiedad en la declaración de la renta? En caso afirmativo, teniendo en cuenta que el fallecimiento se produjo en 2019 y la aceptación de la herencia en 2020, habría que incluirla ya en la declaración de la renta de 2019 iniciada hoy?
2) En el caso de nuestra madre, creo que sí tiene que tributar por el usufructo, pero cambiaría la forma de incluirlo en la declaración de la renta o no haría falta incluirlo al ser la vivienda habitual?. Si hiciera falta incluirlo, teniendo en cuenta, al igual que en nuestro caso, la fecha de fallecimiento de nuestro padre, ¿tendría que incluirlo ya para la declaración de la renta de 2019?
3) El derecho a la pensión de viudedad se generó en diciembre de 2019, pero la mensualidad de diciembre la cobró en enero, junto con la de enero, y en el certificado de retenciones solo le ha venido la prestación de auxilio por defunción, que sí percibió a finales de 2019. ¿Tiene que incluir la mensualidad de diciembre de 2019 en la declaración de la renta de 2019, con indiferencia que el abono se haya percibido en enero?
Muchas gracias por las respuestas. Saludos :)