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Fiscalidad renta vitalicia en seguro colectivo de rentas

4 respuestas
Fiscalidad renta vitalicia en seguro colectivo de rentas
Fiscalidad renta vitalicia en seguro colectivo de rentas
#1

Fiscalidad renta vitalicia en seguro colectivo de rentas

A ver si alguien me puede echar un cable. A mi padre tras su jubilación su empresa le paga una renta mensual vitalicia complementaria de la pensión pública de jubilación. El caso es que no sé si esa renta está exenta de la declaración de la renta, si no está exenta o si tiene algún tipo de reducción.

He estado leyendo sobre este tema y según la ley:
"La percepción de cantidades por los beneficiarios de contratos de seguros sobre la vida, cuando el contratante sea persona distinta del beneficiario, salvo los supuestos expresamente regulados en el artículo 16.2. a) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias está sujeta al Impuesto de Sucesiones y Donaciones”

¿Está realmente exento? ¿Tiene algún tipo de reducción?
Es que le acaban de proponer una liquidación provisional del año 2008 por no haber hecho la declaración, ya que sin los ingresos de la renta vitalicia no llegaba al mínimo de 22.000 euros.

Saludos.

#2

Re: Fiscalidad renta vitalicia en seguro colectivo de rentas

En principio cabe sospechar que esas rentas se perciben de un seguro contratado por la empresa para insstrumentar compromisos por pensiones. Por tanto, esas percepciones están sujetas y no exentas al IRPF, como rendimiento de trabajo, de ahí esa propuesta de liquidación provisional.

Saludos.

#3

Re: Fiscalidad renta vitalicia en seguro colectivo de rentas

Muchas gracias por la información al.rodrigo. En la información sobre la renta vitalicia indica "rentas del trabajo, premios y percepciones exentas" con 0 retenciones y 0 reducciones. Efectivamente es un seguro contratado por su empresa como complemento a la pensión, pero no debería entenderse como una renta mobiliaria con las correspondientes reducciones en lugar de renta del trabajo si quien paga es una aseguradora. Si se considerase como renta del trabajo se debería considerar un solo pagador, no?

Muchas gracias de nuevo y saludos

#4

Re: Fiscalidad renta vitalicia en seguro colectivo de rentas

No son rendimientos del capital, son rendimientos procedentes del trabajo. Sí que debo ampliar la contestación anterior.

Son rendimientos de trabajo desde el momento en que el importe de las prestaciones percibidas superen el importe de las primas repercutidas por la empresa al trabajador, como rendimiento de trabajo, ya que por esta parte ya ha tributado cuando han sido imputadas.

Al ser el pagador una entidad de seguros y no la propia empresa, hay que considerar dos pagadores.

Saludos.

#5

Re: Fiscalidad renta vitalicia en seguro colectivo de rentas

Gracias al.rodrigo. Hemos hablado con Hacienda y con la aseguradora y efectivamente se computan como rentas del trabajo. Al computarse como rentas del trabajo y proceder de dos pagadores pues toca hacer declaración.

Lo de los dos pagadores me costaba entenderlo, pensaba que coño tiene que ver que sean dos pagadores, pero lo habitual con dos pagadores es que no se retenga la cuantía que sería normal en caso de un solo pagador y al no haberse retenido ese importe, es cuando se hace la declaración cuando se regulariza.

Saludos.