Si sólo devolviste ingresos, sin retenciones (si, en los datos fiscales, sólo aparecen esos 315 euros, sin retenciones ni gastos de Seguridad Social asociados), entonces lo que supone, respecto a tu declaración de 2015, no es una complementaria, sino una rectificación.
Como, en 2015, no se podían presentar rectificaciones directamente, lo que tienes que hacer es un escrito solicitando a la AEAT que te haga dicha rectificación de 2015: aporta copia de los datos fiscales donde consta ese importe y la resolución de Seguridad Social donde te exigieron la devolución (y, si tienes justificantes del abono, pues miel sobre hojuelas).
Hay modelos en la página web de la AEAT de recurso o rectificación, pero no son preceptivos, puedes hacer el escrito en un simple folio.
No olvides indicar un número de cuenta (IBAN completo) donde quieras que te ingresen el dinero que corresponda, porque, si no, emitirán la devolución por cheque y es un rollo.
Envía la solicitud, con la documentación anexa, al departamento de recursos de la Administración que corresponda a tu domicilio fiscal: a través de la sede electrónica con la clave pin o el certificado digital o, si no tienes, por correo certificado.
Tardan en resolver. Alrededor del año. Así que tómatelo con paciencia. Pero, si tardan más de 6 meses, por el tiempo restante pagan intereses de demora.
Y hazlo pronto, que 2015 prescribe en unos meses y, luego, ya no se puede.