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Consolidacion de Domninio por extincion de Usufructo en el IRPF
Al fallecer su Padre, viudo, que ostentaba el usufructo universal sobre una vivienda, su hijo y heredero único (que tenia la nuda propiedad sobre dicha vivienda), tramita la Consolidación de dominio por extinción de usufructo sobre dicha vivienda.
Como los datos se reflejan en los datos fiscales, ¿tendría obligación el hijo a hacer el IRPF/2019 por ese motivo, ya que no esta obligado al IRPF/2019 si no fuera por eso?.
En caso de tener que hacer el IRPF/2019, como se tendría que hacer y que importes se tendrían que reseñar, así como que fechas?.
Gracias y buen día