Si te refieres a que tienes un inmueble en propiedad que estuvo alquilado en 2019, los gastos de notaría derivados de la compra de la casa son mayor valor de adquisición y se deducen a través de amortización inmobiliaria (como la compra, sólo deduce el gasto derivado de la adquisición de la construcción, nunca el derivado de la compra del suelo, que no se deprecia con el uso); los gastos de notaría derivados de la elevación a público del contrato de alquiler se deducen como gasto necesario para la obtención de los ingresos del arrendamiento.