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Deducción por obras de adecuación dentro de la vivienda habitual de personas con discapacidad - Declaración de la Renta

2 respuestas
Deducción por obras de adecuación dentro de la vivienda habitual de personas con discapacidad - Declaración de la Renta
Deducción por obras de adecuación dentro de la vivienda habitual de personas con discapacidad - Declaración de la Renta
#1

Deducción por obras de adecuación dentro de la vivienda habitual de personas con discapacidad - Declaración de la Renta

Buenas tardes,

Tengo un cliente que el año pasado pasado (2019) realizó obras dentro de su vivienda habitual para adecuar el cuarto de baño, ya que tanto él como su esposa tienen discapacidad, uno en grado 3 y otro en grado 1.
Voy a informar en renta el importe de estas obras y me dice que "La deducción solo será aplicable cuando se hayan satisfecho cantidades por tal concepto con anterioridad a 1 de enero de 2013 siempre que, además, las obras estén terminadas antes de 1 de enero de 2017".  ¿Es realmente así?  ¿Este tipo de obras para adecuar la vivienda de una persona con discapacidad ya no son deducibles desde el 1 de enero del 2017? 

Gracias de antemano y un saludo,

Susana
#2

Re: Deducción por obras de adecuación dentro de la vivienda habitual de personas con discapacidad - Declaración de la...

Sí, la verdad es que está un poco anticuado.
Es toda la información que hay en la Agencia Tributaria pero quizá haya alguna otra forma de poder añadirlo.
Intenta ponerte en contacto con la Agencia Tributaria
#3

Re: Deducción por obras de adecuación dentro de la vivienda habitual de personas con discapacidad - Declaración de la...

La deducción desapareció, como el resto de las deducciones por inversión en vivienda habitual, para todos los casos en que esa inversión (sea de compra, construcción, rehabilitación o, como en este caso, de obras de adecuación a una discapacidad) se iniciara a partir del 01-01-2013.
A todos los que habían iniciado la inversión antes, y habían aplicado, algún año, la deducción en el IRPF, se les permite seguir aplicando la deducción hasta que terminen de pagar la inversión.
En el caso de las obras por adecuación de la vivienda habitual a la discapacidad del contribuyente o de una persona con la que conviva, hay un requisito más para poder aplicar ese régimen transitorio: esas obras que debieron iniciarse (y deducirse su importe) antes del 01-01-2013, deben, además, haberse terminado antes del 2017 (las obras, no el pago de las mismas: si se financian esas obras con un préstamo a 20 años, se puede aplicar la deducción durante esos 20 años).