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Declarar devolución claúsula suelo por embargo - Declaración de la Renta
Buenas tardes,
vengo a plantear una duda que al menos para mi, es algo compleja..
Pongo en antecedentes: tengo una hipoteca del 2010, de la que he pagado suelo desde el inicio (y de hecho sigo pagándolo). En el año 2017 tengo sentencia firme del juzgado con la aprobación de la devolución importe del suelo, pero no ha sido hasta el año 2019 cuando he conseguido que se me abone mediante embargo a Unicaja, la parte del suelo hasta ese año 2017. Cuando recibí el dinero el año pasado, lo amorticé en su totalidad a la hipoteca, porque pensé que sería más fácil cara a este año, sin embargo:
- Ese importe, como era de esperar, me viene como amortización, y por tanto desgravable,
- No hay ninguna información declarada por parte de Unicaja en cuanto a los importes "devueltos" ya que al haber sido por embargo, no ha sido el procedimiento normal, y es como si ellos no tuvieran conocimiento del mismo.
Mi duda es cómo tengo que hacer este año para declararlo.
¿Debería mantener lo que amorticé, como amortizado, que es la información que ha mandado Unicaja a la Agencia tributaria, aunque realmente era una devolución del suelo?
¿Y cómo tendría que declarar el importe devuelto?
¿tendría que separar lo que corresponda a cada año, de los ultimos 5? ¿lo anterior al 2015 se supone que ya ha prescrito? es decir, los años 2015, 2016, y 2017, ya que lo posterior aún no me ha sido devuelto.
¿en qué casillas de la declaración debo declarar esos importes?
Gracias, y espero que puedan ayudarme.
vengo a plantear una duda que al menos para mi, es algo compleja..
Pongo en antecedentes: tengo una hipoteca del 2010, de la que he pagado suelo desde el inicio (y de hecho sigo pagándolo). En el año 2017 tengo sentencia firme del juzgado con la aprobación de la devolución importe del suelo, pero no ha sido hasta el año 2019 cuando he conseguido que se me abone mediante embargo a Unicaja, la parte del suelo hasta ese año 2017. Cuando recibí el dinero el año pasado, lo amorticé en su totalidad a la hipoteca, porque pensé que sería más fácil cara a este año, sin embargo:
- Ese importe, como era de esperar, me viene como amortización, y por tanto desgravable,
- No hay ninguna información declarada por parte de Unicaja en cuanto a los importes "devueltos" ya que al haber sido por embargo, no ha sido el procedimiento normal, y es como si ellos no tuvieran conocimiento del mismo.
Mi duda es cómo tengo que hacer este año para declararlo.
¿Debería mantener lo que amorticé, como amortizado, que es la información que ha mandado Unicaja a la Agencia tributaria, aunque realmente era una devolución del suelo?
¿Y cómo tendría que declarar el importe devuelto?
¿tendría que separar lo que corresponda a cada año, de los ultimos 5? ¿lo anterior al 2015 se supone que ya ha prescrito? es decir, los años 2015, 2016, y 2017, ya que lo posterior aún no me ha sido devuelto.
¿en qué casillas de la declaración debo declarar esos importes?
Gracias, y espero que puedan ayudarme.