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Declaración Rentas Mundiales - Convenio Doble Imposición vs. Artículo 7p de la Ley de IRPF
Hola,
He estado echando un ojo a los diferentes hilos en el foro y me gustaría preguntaros algo acerca de mi caso en particular porque aún no he podido resolver mi problema al 100%. Espero que a alguien en la misma situación que yo le pueda servir.
Desde septiembre de 2016 hasta marzo de 2019, he trabajado en Reino Unido. En abril de 2019, volví a España por trabajo.
Al permancer más de 183 días en España, soy residente fiscal y estoy obligado a declarar. Hasta ahí todo claro.
El problema viene cuando recibo un aviso fiscal OT0001 en el que me informan que la Agencia Tributaria ha cruzado datos con HMRC (Agencia Tributaria de Reino Unido) y saben que he percibido rentas en el extranjero.
La primera pregunta es:
He estado echando un ojo a los diferentes hilos en el foro y me gustaría preguntaros algo acerca de mi caso en particular porque aún no he podido resolver mi problema al 100%. Espero que a alguien en la misma situación que yo le pueda servir.
Desde septiembre de 2016 hasta marzo de 2019, he trabajado en Reino Unido. En abril de 2019, volví a España por trabajo.
Al permancer más de 183 días en España, soy residente fiscal y estoy obligado a declarar. Hasta ahí todo claro.
El problema viene cuando recibo un aviso fiscal OT0001 en el que me informan que la Agencia Tributaria ha cruzado datos con HMRC (Agencia Tributaria de Reino Unido) y saben que he percibido rentas en el extranjero.
La primera pregunta es:
- ¿Puedo acogerme al Artículo 7p de la Ley de IRPF dónde los rendimientos del trabajo en el extranjero están exentos de declaración?
- ¿Tengo que declarar mis rentas mundiales independientemente de si han sido sólo por rendimientos del trabajo?
Todavía no sé una respuesta al 100% porque en la Agencia Tributaria me han dicho que sí a las dos en diferentes ocasiones (he llamado 20 veces, al menos).
Estoy más convencido de que SÍ tengo que declarar porque el Artículo 7p de la Ley de IRPF tiene una sección en la que dictamina que la empresa española tiene que estar vinculada con la empresa extranjera. En un ejemplo practico, trabajo para una compañía aérea A en España y, en un momento dado, me requieren en la compañía aérea B localizada en Reino Unido. He visto varias consultas en la web y siempre son personas con trabajo en España que se movilizan a otro país por trabajo relacionado con la empresa española: azafatos, constructores, etc.
Por lo tanto, me decanto por que SÍ tengo que declarar y, de ahí, salto al Convenio de Doble Imposición y declarar mis rentas mundiales.
Si es así, me gustaría saber si este caso práctico a modo de ejemplo, es correcto:
ENERO - MARZO 2019 - Reino Unido
- SALARY (SALARIO) = 5000
- EMPLOYEES PENSION (PENSIÓN EMPLEADO) = 100
- EMPLOYERS PENSION I (PENSIÓN EMPLEADOR I) = 100
- EMPLOYERS PENSION II (PENSIÓN EMPLEADOR II) = 10
- PENSION CONTRIBUTION (PENSIÓN CONTRIBUCIÓN) = 210
- GROSS TAXABLE (BRUTO) = 5000
- PAYE TAX (IRPF) = 1000
- NIC (SEGURIDAD SOCIAL) = 500
- TOTAL PAYMENTS (TOTAL PAGOS) = 5000
- TOTAL DEDUCTIONS (TOTAL DEDUCCIONES) = 1500
- NET PAY (NETO) = 3500
Sección de rendimientos del trabajo (Casilla 003)
- Imoporte Íntegro: 5000 (Sumados a lo que había de lo de España)
- Seguridad Social: 500 (Sumados a lo que había de lo de España)
Sección de Convenio Doble Imposición (Casilla 588)
- Rentas incluídas en la base general: 3500
- Impuesto satisfecho en el extanjero: 1000
De aquí también tengo varias preguntas:
- ¿En la casilla de Renteción debería meter algo?
- Me comentaron que el NETO español no es el mismo que el NETO inglés, que en este concepto sólo sería el bruto menos los impuestos. ¿Es eso correcto? En ese caso sería 3000 y no 3500 en la casilla de CDI.
- ¿Es un caso especial también para el BRUTO?
- ¿Las pensiones se podrían deducir en algún apartado? Yo tenía una pensión pública y otra privada. En la privada sí hacía un sacrificio salarial, de ahí que esté dividido entre empleado y empleador.
- ¿Otras posibles deducciones como las de Council Tax se pueden reflejar en la declaración?
Un saludo y gracias de antemano.