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Deducción del IVA de un arrendamiento compartido
Tengo una vivienda a medias con mi marido, y la tenemos arrendada.
Además yo también soy arrendadora de un par de locales. Por lo que autoliquido el IVA trimestralmente aplicando la regla de la Prorrata.
Mi pregunta es: ¿Las facturas de gasto de la vivienda arrendada, de las que me deduzco el IVA; ya que mi marido no presenta IVA (porque él no tiene locales) puedo deducirme yo el 100 % de ese IVA, aunque el Gasto en el IRPF nos lo imputemos al 50%?
Gracias