Si no ha recogido el aviso de Correos, la notificación se realizará mediante Boletín Oficial del Estado.
El procedimiento de notificación en este caso sería: Correos deja el aviso cuando ya ha intentado la notificación en dos ocasiones. Si el contribuyente no recoge la notificación en la Oficina de Correos, se citará al obligado, o a su representante, por medio de anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado para que comparezca en el plazo de 15 días naturales con el objeto de que se le realice la notificación. Transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado. Para la SS es el mismo procedimiento. 2 veces y si no se recoge se publica y empieza a contar el plazo desde su publicación.