Acceder

Dudas sobre la incorporación o no de una casa a la Renta 2020

19 respuestas
Dudas sobre la incorporación o no de una casa a la Renta 2020
Dudas sobre la incorporación o no de una casa a la Renta 2020
Página
2 / 2
#16

Re: Dudas sobre la incorporación o no de una casa a la Renta 2020

Ok gracias. Voy a estudiarlo
#17

Re: Dudas sobre la incorporación o no de una casa a la Renta 2020

Buenas ¿me podrías decir a qué Ley pertenece este artículo para consultarlo?
#18

Re: Dudas sobre la incorporación o no de una casa a la Renta 2020

Buenos días:

Lo correcto y legal es decir la verdad.

La vivienda habitual es donde vives. 

La que has comprada y no reúne condiciones para vivir, la tienes que incorporar. Pero como la estás reformando para que esté a disposición le añades 0.00 o como mucho 0,0, en el caso de que el programa informático controle que se pone 0,00 y no lo procesa.

El art. 20 de la Constitución Española te permite decir que, aunque sea tuya la casa, no está a tu disposición, porque has considerado arreglarla para que tenga unas condiciones de habitabilidad que deseas.

Saludos. 
#19

Re: Dudas sobre la incorporación o no de una casa a la Renta 2020

Bueos dias.

Es el punto de vista que yo comparto, y que mas logico creo conforme a la situacion.
#20

Re: Dudas sobre la incorporación o no de una casa a la Renta 2020

Una cosa es lo que uno considere "lógico" y otra lo que marca la normativa del IRPF; y ésta dice que hay que declarar ese porcentaje del que eres propietario cono a disposición y pagar por ello. Si, como el otro forero, consideras injusta la norma, siempre tienes la posibilidad de interponer un recurso de amparo ante el tribunal constitucional contra ella. Mientras dicho órgano no diga lo contrario, la AEAT va a seguir haciendo cumplir la Ley porque es su obligación.
#21

Re: Dudas sobre la incorporación o no de una casa a la Renta 2020

Buenas tardes:

La Constitución Española art. 20 marca el derecho a transmitir la una cosa cierta y esa transmisión obra en consecuencia.

La ley del IRFP no puede oponerse a lo que marca la Constitución Española. Porque además está el art. 31.1 de la CE que dice que se cotizará por capacidad económica. En el tiempo que está arreglando la casa, materialmente no puede obtener capacidad económica y por lo tanto, no procede imputación de renta sobre una capacidad que materialmente no se puede generar.

Saludos.