Buenos días,
Tienes que presentar declaraciones complementarias de renta:
En el primer ejercicio no prescrito (renta de 2017): deberás incluir las ganancias patrimoniales de 2015-2016 y 2017, y en las siguientes deberás realizar la imputación temporal de esas ganancias según el año en que se produzcan.
Pagarás adicionalmente un recargo del 15%, más intereses de demora.
Una simulación para comparar la regularización voluntaria con la sanción mediante comprobación de la AEAT sería la siguiente:
GANANCIA NO DECLARADA: 15.000,00,- EUROS.
CUOTA (21%): 3.150,00,- EUROS.
RECARGO (20%): 472,50,- EUROS.
REDUCCIÓN (-40%): 189,00,- EUROS.
INTERESES DEMORA: 100,00,- EUROS.
A PAGAR: 3.583,50,- EUROS.
Si no regularizas y te pillan, el resultado sería el siguiente:
GANANCIA NO DECLARADA: 15.000,00,- EUROS.
CUOTA (21%): 3.150,00,- EUROS.
INTERES DEMORA: 100,00,- EUROS.
SANCIÓN (50%): 1.575,00,- EUROS.
REDUCCIÓN PRONTO PAGO (-40%): - 630,00 EUROS.
A PAGAR: 4.195,00,- EUROS.
PD: Entiendo que no hay ejercicios prescritos Art. 1227 CC.
Saludos,