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Deducción por donativo

2 respuestas
Deducción por donativo
Deducción por donativo
#1

Deducción por donativo

Buenas tardes.
Contribuyente residente en Canarias, realiza un donativo (no supera los 150 €) para los afectados por la erupcción del volcán de La Palma, al Cabildo Insular de La Palma.
¿Puede deducirse el 80% de dicho donativo en la casilla 743 y el 20% en las deducciones autonómicas correspondientes a Canarias?.
Muchas gracias y saludos cordiales.
#2

Re: Deducción por donativo

La respuesta es sí, pero siempre y cuando pueda acreditarse la existencia de tal donación mediante certificación expedida por la entidad beneficiaria, el Cabildo en este caso. No habrá ningún problema y no te exigirán la certificación si los datos de tal donación, hecha en 2021, aparecen en tus “datos fiscales” y en el “borrador” de tu declaración. Si no aparecen los datos, te aconsejo que consultes con el Cabildo antes de incluirla en tu declaración.

La deducción sería de un 80% por la normativa estatal y del 20% por la deducción autonómica. Ojo, quizá la deducción autonómica no aparezca en el “borrador” y tengas que meter tú los datos.
#3

Re: Deducción por donativo

Muchas gracias por tu respuesta.
Ya tiene el certificado del Cabildo, dado que no aparece en los datos fiscales.
Me extrañaba porque entonces es deducible el 100% de la deducción (80+20), si esta no supera los 150 €.
Saludos.