Hola, alguien me puede aclarar esta duda:
en el 2021 compré BTC, vendí a USDT en pérdidas en una de las caídas pero inmediatamente volví a recomprar la misma cantidad, con lo que generé un 50% de pérdidas, pero manteniendo la misma cantidad de BTC.
¿Se consideran pérdidas o por no haber esperado x meses para volver a comprar no puedo compensar dichas pérdidas con otras ventas con beneficio con BTC? ¿Alguien puede dar luz a esta cuestión?.
Lo digo por esto:
Los inversores en bitcoin, por ejemplo, sí pueden compensar cualquier pérdida patrimonial con ganancias patrimoniales de criptodivisas. Así, Bravo explica que “si he vendido acciones y se ha producido una patrimonial puedo compensarla con ganancias patrimoniales que vengan de otras fuentes, ya sea criptomonedas o cualquier otra ganancia patrimonial”.
Sin embargo, para los criptoactivos no se aplica la regla de los dos meses (una regla fiscal que indica que para poder aprovechar la compensación deben transcurrir por lo menos dos meses desde la venta para volver a adquirir esas mismas acciones vendidas), sino que se aplica la norma del año, aunque con “pinzas”. “Hay un bien fungible. No hay un importe exacto. Prefiero no aplicar la norma anti aplicación, pero es que es muy complicado saber si lo que he vendido es lo mismo que he comprado al cabo de un año”, considera Bravo