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Cambio base cotización autónomo de 45 años. - Jubilación
Autónomo que cotizo por la base máxima, por tanto, en 2023, con la nueva normativa, podré mantener esa base revalorizada.
"El Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, en su Disposición transitoria sexta, dice:
Bases de cotización superiores a las establecidas como límite por la Ley de Presupuestos Generales del Estado del correspondiente ejercicio.
Los trabajadores por cuenta propia o autónomos que a 31 de diciembre de 2022 vinieren cotizando por una base de cotización superior a la que les correspondería por razón de sus rendimientos podrán mantener dicha base de cotización, o una inferior a esta, aunque sus rendimientos determinen la aplicación de una base de cotización inferior a cualquiera de ellas."
Mi duda es la siguiente: puesto que, el mismo R.D-ley prevé poder cambiar la base de cotización hasta 6 veces al año, en el futuro, si me es conveniente o necesario, podré bajar la base revalorizada, aunque sea temporalmente? y volver a subirla más adelante?
Gracias por vuestra colaboración y ayuda.
"El Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, en su Disposición transitoria sexta, dice:
Bases de cotización superiores a las establecidas como límite por la Ley de Presupuestos Generales del Estado del correspondiente ejercicio.
Los trabajadores por cuenta propia o autónomos que a 31 de diciembre de 2022 vinieren cotizando por una base de cotización superior a la que les correspondería por razón de sus rendimientos podrán mantener dicha base de cotización, o una inferior a esta, aunque sus rendimientos determinen la aplicación de una base de cotización inferior a cualquiera de ellas."
Mi duda es la siguiente: puesto que, el mismo R.D-ley prevé poder cambiar la base de cotización hasta 6 veces al año, en el futuro, si me es conveniente o necesario, podré bajar la base revalorizada, aunque sea temporalmente? y volver a subirla más adelante?
Gracias por vuestra colaboración y ayuda.