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IMV cobrado indebidamente - Seguridad Social
Buenas tardes,
el objeto de este mensaje es algo complicado, por lo que ruego me asesoréis a la hora de poner una posible reclamación o recurso.
Solicite el IMV en el año 2020 y hasta enero de 2021 no se me ingreso con los retrasos oportunos.
El problema es que en diciembre de 2020 contraje matrimonio y mi marido me incluyo en la renta realizada en el año 2021.
Con resolución de fecha 03/12/2021 se declara extinguido desde el 01/01/2021 el derecho a la prestación y la seguridad social me obliga a devolver 11 meses de esa prestación.
Cuando yo presente la documentación no estaba casada ni nada, pero la SS dice en su escrito que excedo de la renta para solicitar ese IMV según datos del 2020.
Yo sigo sin trabajar, ni ahora ni cuando presente los papeles. Por un mes no llega de casarme en diciembre hasta fin de año cuentan como si mis ingresos fueran del año entero?
He leído también que en caso de tener ellos razón sólo pueden obligarme al pago de 6 meses, es eso así?
Y ya lo último, si se supone que el sancionado debe haber perdido primero, el derecho a recibir esa prestación y la fecha de resolución es posterior a que yo lo haya recibido. Tengo que devolverlo?
No se si me exprese bien, pero rogaría que si tengo razón o puedo reclamar me indicarais que poner en el escrito.
Gracias
el objeto de este mensaje es algo complicado, por lo que ruego me asesoréis a la hora de poner una posible reclamación o recurso.
Solicite el IMV en el año 2020 y hasta enero de 2021 no se me ingreso con los retrasos oportunos.
El problema es que en diciembre de 2020 contraje matrimonio y mi marido me incluyo en la renta realizada en el año 2021.
Con resolución de fecha 03/12/2021 se declara extinguido desde el 01/01/2021 el derecho a la prestación y la seguridad social me obliga a devolver 11 meses de esa prestación.
Cuando yo presente la documentación no estaba casada ni nada, pero la SS dice en su escrito que excedo de la renta para solicitar ese IMV según datos del 2020.
Yo sigo sin trabajar, ni ahora ni cuando presente los papeles. Por un mes no llega de casarme en diciembre hasta fin de año cuentan como si mis ingresos fueran del año entero?
He leído también que en caso de tener ellos razón sólo pueden obligarme al pago de 6 meses, es eso así?
Y ya lo último, si se supone que el sancionado debe haber perdido primero, el derecho a recibir esa prestación y la fecha de resolución es posterior a que yo lo haya recibido. Tengo que devolverlo?
No se si me exprese bien, pero rogaría que si tengo razón o puedo reclamar me indicarais que poner en el escrito.
Gracias