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Deducción maternidad 2020

17 respuestas
Deducción maternidad 2020
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Deducción maternidad 2020
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#1

Deducción maternidad 2020

Buenos dias, mi hija nació en junio de 2020, que cantidad tengo que poner en la casilla 1912 que corresponde a la deducción por maternidad de 2020?.
Yo entiendo que al ser 100€ al mes, corresponde 700€, pero si me podeis ayudar!
#2

Re: Deducción maternidad 2020

Hola,

Creo que no puedes recuperar la deducción por maternidad de ese año. Esa casilla que indicas solo es aplicable a quienes estaban de alta en la seguridad social cuando nació el menor y que luego pasaron a ERTE y, por tanto, perdieron el derecho y así pueden recuperarlo en este ejercicio.

En tu caso, ¿cual era tu situación en junio de 2020? ¿Estabas desempleada? En ese caso es de aplicación lo que te he expuesto antes. Pro el contrario, si estabas con contrato (aunque de baja médica o permiso de maternidad) tienes que rectificar la declaración del año 2020 si olvidaste incluirla en su momento.

Un saludo,
#3

Re: Deducción maternidad 2020

La situación es la siguiente. Estoy trabajando y entro en ERTE en marzo hasta el 28 de mayo, que de nuevo me incorporo al trabajo y el dia 2 de Junio nace mi hija, y ya de baja hasta terminar la maternidad en septiembre que me vuelvo a incorporar.
Me corresponde? O en ese caso no?
#4

Re: Deducción maternidad 2020

Hola,

De lo que comentas, deduzco que el 2 junio estabas de alta en la empresa, aunque estuvieras de baja médica. ¿Es correcto?

Perdona, es para aclarar la situación e indicarte lo mejor posible.

Un saludo,
#5

Re: Deducción maternidad 2020

Osea el dia 1 de junio levantaron el ERTE, pero ya ese dia estaba de parto y el dia 2 nacio mi hija
#6

Re: Deducción maternidad 2020

Hola,

Entonces el día 2, aunque estuvieras de baja médica, tenías un contrato en vigor. Por tanto, tienes que rectificar la declaración de 2020, porque fue en esa cuando debías haberlo declarado, al tener ese año derecho. Supongo que desde que te incorporaste de la baja médica, has seguido trabajando.

No te es aplicable la casilla que indicas en la declaración de este año pues solo sería aplicable si tu hija hubiera nacido, por ejemplo, en abril de 2022: ese mes, junto con mayo, no hubieras tenido derecho (a partir de entonces, sí) y esa diferencia la podrías haber cobrado en esta declaración (la de 2022).

Pero como en tu caso estabas de alta en la Seg. Social (aunque el contrato estuviera en suspenso por la baja médica, no importa), tu tenías derecho desde el mismo año 2020 a la deducción.

Por tanto, debes rectificar la declaración de 2020 para percibir la ayuda, si en su momento no la declaraste o si no la cobraste anticipadamente (100€/mes).

Un saludo,
#7

Re: Deducción maternidad 2020

No fué ni baja medica, puesto que el mismo dia 1 ya levantaron y no fuí a trabajar al estar de parto ese dia lo pusieron como vacaciones y ya al dia siguiente maternidad.
Resumiendo: 
1 enero a 14 de marzo de alta
14 de marzo al 31 de mayo ERTE
1 de junio alta (vacaciones o permiso)
2 de junio hasta septiembre maternidas

La maternidad si cobré todos los meses, por lo cual no tengo que modificar la de 2020 entiendo.

Gracias.

#8

Re: Deducción maternidad 2020

Hola,

La situación que expones (vacaciones) tiene el mismo efecto que si hubieras estado de baja médica (el alta en la Seg. Social continua, que es lo importante), por tanto mi mensaje anterior es aplicable.

Si ya cobraste (pago directo en la declaración o mediante el abono anticipado) las mensualidades (son 7, como bien dices, las que te corresponden), no debes indicar nada en la declaración de este año respecto a la deducción de maternidad de 2020, solo debes cumplimentar la de 2022.

Y en el caso que no hubieras cobrado la de 2020, debes rectificar la declaración de ese año, no puedes percibir la deducción de ese año mediante esta declaración (la de 2022), debido a tu situación.

Un saludo,
#10

Re: Deducción maternidad 2020

No entiendo qué es lo que deseas hacer: si dices que ya cobraste la deducción todos los meses de 2020 y 2021, ¿Qué quieres solicitar ahora? Esa casilla es para mujeres que, al estar en erte, no cobraron ni declararon la deducción de maternidad. Si ya la recibiste, tú no tienes que poner nada ahí.
#11

Re: Deducción maternidad 2020

Hola,

Coincido con el compañero @Enasua: lo ejemplos de la AEAT que has enlazado son, precisamente, para recuperar la deducción para madres que estuvieron en ERTE y que, según la normativa anterior, esos meses no tenían derecho a la deducción.

Tú no te encuentras en ese caso: en 2020, según indicas, estuviste de alta en la Seg. Social (que era el criterio antiguo y el más restrictivo y el cual cumplías) y por tanto, tuviste en su momento derecho a percibir la ayuda. Lo que se ha aprobado este año no es un incremento ni una cuantía mayor, si no la opción para recuperar el derecho a madres que con la antigua normativa (más estricta) no pudieron hacerlo.

En tu caso, al beneficiarte en su momento, y no haberse aprobado ningún incremento, en este ejercicio tienes derecho a la del año 2022, pero no debes regularizar de ninguna forma (ni en esta, ni rectificando la de años anteriores) las anteriores, porque ya la disfrutaste de manera íntegra.

Espero que te quede más claro ahora,
Un saludo.
#12

Re: Deducción maternidad 2020

Hola...en junio d 2020 nació mi hija..yo estaba cobrando el subsidio del SEPE...en enero de este año he solicitado la maternidad con la nueva ley y me la aprobaron al mes siguiente. . hoy he tenido la cita telefónica para hacer la renta y mi sorpresa ha sido ke me devuelven 1000 euros de la maternidad del 2020 y 1200 del 2021...de la sorpresa k me llevao ni skiera le he preguntado nada
Ahora pensando digo yo k y el año 2022?? En la renta no me pone nada d 2022 
Y si mi hija nació en junio pk me devuelven 1000 euros del 2020???
No entiendo nada aver si alguien lo entiwnde pliss graciass

#13

Re: Deducción maternidad 2020

No tiene ningún sentido: si estabas cobrando un subsidio por desempleo normal y corriente, y no una prestación por ERTE, ni eras fija discontinua en período de descanso, y tampoco eras víctima de violencia de género, ni habías dado de baja una actividad económica por culpa de la COVID, no te corresponde nada de 2020, ni de 2021, ni de 2022. Y, lo de 1.000 euros, si no tenías más hijos menores  de 3 años, y la niña nació en junio, aún menos.
No confíes en que, por haberla hecho en plataforma, vaya a estar necesariamente bien. Si está mal, y te hacen un procedimiento de comprobación, la responsable eres tú, así que, yo que tú, me imprimía la declaración y me iba, con cita previa de información y asistencia de Renta, a mi administración a contarles lo que has expuesto aquí.
#14

Re: Deducción maternidad 2020

Por eso mismo pedí cita para que ellos me la hicieran y ahora resulta k saben menos k nosotros yo flipo
Yo no sé ese hombre ke ace trabajando ahí. entomces una vez que ya está presentada se puede rectificar??se supone que ahora la revisaran ??
Gracias por tu respuesta

#15

Re: Deducción maternidad 2020

Se puede hacer una declaración complementaria, pero casi mejor si se da de baja y se hace otra correcta.
Ahora no se revisan. La idea de ir a la oficina es que te digan si realmente está mal lo que han hecho y, en tal caso, te la den de baja. Pero no te la van a revisar, ni a ti ni a nadie. Se revisan a partir de julio, en cualquier momento de los próximos 4 años. Pueden, incluso, devolverte lo que pides en esa declaración y, años después, comprobarla y exigirte que pagues lo que falta, más sanciones más intereses.