Pagarás IRPF por el rendimiento neto obtenido del alquiler, teniendo en cuenta, como te ha dicho Rucko, que no puedes deducir los intereses de la financiación porque los únicos deducibles son los derivados de préstamos destinados a la adquisición, rehabilitación o mejora del inmueble; el resto, como si rehipotecas 30 veces la casa: a efectos fiscales no afectan. Pagarás impuestos por los ingresos obtenidos menos los gastos necesarios para obtenerlos: reparaciones, IBI, basura, seguros, comunidad, amortizaciones... Y, si el alquiler es para vivienda habitual del inquilino (es decir: que no es alquiler por temporada ni turístico), tendrás una reducción del rendimiento neto que, para 2023, es del 50%.