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Re: Donación a hijo reservando el usufructo
Buenas noches:
En la donación puede generarse IRPF (Impuesto sobre la renta de las personas físicas), para lo cual se adjunta el siguiente enlace. El IRPF sería del donante.
En la donación puede generarse IRPF (Impuesto sobre la renta de las personas físicas), para lo cual se adjunta el siguiente enlace. El IRPF sería del donante.
Para evitar en parte o todo el IRPF, se tendría que proceder a una revalorización de acuerdo con la inflación antes de efectuar la donación (Norma Internacional de Contabilidad, adoptada por la Unión Europea). Esto se haría por un acto jurídico documentado, que tiene un porcentaje de impuesto que podría ser del 0,5 %, sobre la actualización del valor.
- https://www.boe.es/doue/2008/320/L00001-00481.pdf
- 120.NIC 12 Impuesto sobre las ganancias
Respecto de la plusvalía municipal en la donación puede producirse el IIVTNU, si la propiedad se ha tenido menos o igual a 20 años.
Depende de la ordenanza, pero las transmisiones por donaciones pueden que no estén bonificadas en un porcentaje, ya que las que normalmente se bonifican es por fallecimiento, con condiciones.
Si se ha tenido más de 20 años no existe plusvalía municipal, aunque los ayuntamientos la cobran o intentan cobrarla, aunque alguno no lo hace como el de Laredo.
Saludos