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Deducción residencia habitual en zonas despobladas

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Deducción residencia habitual en zonas despobladas
Deducción residencia habitual en zonas despobladas
#1

Deducción residencia habitual en zonas despobladas

Hola, he recibido una notificación respecto a mi declaración de la renta 2022 donde se me pide subsanar en el término de 10 días lo siguiente:

"En relación con su declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas,
correspondiente al ejercicio 2022, se han detectado ciertas incidencias, para cuya subsanación y para
realizar actuaciones de comprobación limitada, al amparo y con los efectos previstos en la Ley General
Tributaria, deberá aportar:
- Justificación de la deducción autonómica por residencia habitual en zonas rurales.
En concreto, deberá aportar:
-Certificado histórico de empadronamiento.
-Certificación de tarjeta sanitaria, adscrita al centro de salud asignado en la zona básica de salud de
pertenencia del municipio donde se encuentra empadronada.
-Certificación, en su caso, de que las personas menores de edad, en edad de escolarización
obligatoria, cuentan con una matrícula en alguno de los centros educativos de la localidad de
referencia, para el municipio donde se encuentren empadronadas."

Pero aún no cuento con la tarjeta sanitaria de esta comunidad autónoma y si la solicito supongo que estaría con año 2023. ¿Cuáles son las consecuencias y qué debería hacer en este caso?

Además, tampoco sé dónde puedo conseguir la "Justificación de la deducción autonómica por residencia habitual en zonas rurales.", ¿Qué pasaría si mi ciudad finalmente no se encuentra dentro de esta caracterización? ¿Simplemente no me darían la deducción o he cometido alguna infracción al solicitarla? Que es lo que entiendo de la última parte del documento

"Le informamos que la falta de atención de este requerimiento en el plazo y la forma señalados puede
ser considerada como una infracción tributaria de las clasificadas como "graves", sancionable con una
multa pecuniaria. Le comunicamos que el retraso en la íntegra cumplimentación del requerimiento podrá
ser considerado dilación por causa no imputable a la Administración Tributaria."

¿Esto se refiere a que si no tengo alguno de los requisitos (en este caso la sanidad en el 2022) se entiende que he cometido una infracción?

"Si como consecuencia de la tramitación del procedimiento de gestión tributaria que se inicia con el
presente requerimiento se detectara una posible conducta infractora susceptible de la apertura de
procedimiento sancionador, la tramitación de ambos procedimientos, el ahora iniciado y el sancionador,
se efectuaría de forma separada. No obstante, le informamos que podrá renunciar a la tramitación
separada de ese posible procedimiento sancionador únicamente si así lo manifiesta, por escrito, en
el plazo de los dos meses posteriores a la notificación del presente requerimiento. En el caso de que
en ese período de tiempo se le notificase una propuesta de resolución del procedimiento de gestión
tributaria, entonces el plazo para la renuncia al procedimiento sancionador separado abarcará hasta la
finalización del trámite de alegaciones que se abrirá con la notificación de dicha propuesta."

¿Me ayudarías a entender este último párrafo?

Gracias de antemano 
#2

Re: Deducción residencia habitual en zonas despobladas

Hola Carlota, yo tampoco lo entiendo, a ver si te aclara algo este enlace: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2021/capitulo-17-deducciones-autonomicas-cuota/comunidad-autonoma-castilla-mancha/residencia-habitual-zonas-rurales.html

De todas formas, yo iría presencialmente a dar explicaciones sobre lo de la tarjeta sanitaria, a ver si ellos te pueden ayudar a subsanar el "error" y no te sancionan simplemente por no ir al médico de la zona (tenemos libre elección de centro sanitario, no entiendo por qué te obligan a tener esa tarjeta).

Un saludo