Buenas tardes
yo tengo la misma duda... salvo que el cobro con efectos retroactivo del imv es de fecha de diciembre 2022, coincidiendo con la fecha que la bebe ya había nacido... y la madre no era trabajadora cuando tuvo el bebe, sino que la madre estaba de baja por it, y no volvió a trabajar hasta julio 2023, superando los 30 días que exige la nueva normativa.. por lo tanto desde diciembre 2022 cobrara el IMV de la infancia.
resumiendo.
1- madre trabajadoras en febrero 2022.
2- baja por it mayo 2022.
3- tiene bebe en noviembre 2022
4- solicita inm noviembre 2022
5- vuelve a trabajar madre en julio 2023
6- declaración renta 2022, no se hace la deducción materna por no cumplr los requisitos (madre trabajadora, cobrar desempleo o subsidio).
7- aprueban el IMV infancia efectos desde diciembre 2022
8- ¿ no puede deducirse la maternidad por ser incompatibles con el INM infancia?
9- y en el caso de que si puediera, desde que fecha se puede deducir la maternidad desde noviembre 2022?
un saludo