Acceder

Transferencia entre cuentas. ¿Modelo S1?

3 respuestas
Transferencia entre cuentas. ¿Modelo S1?
Transferencia entre cuentas. ¿Modelo S1?
#1

Transferencia entre cuentas. ¿Modelo S1?

Recibo mi salario en la cuenta bancaria X y envío mucho a la cuenta bancaria Y. Ambos son de bancos grandes y españoles.

Lo hago porque tengo una promoción de "bienvenida" en el banco X que me obliga a tener el salario allí durante un año, pero pagan una miseria de ahorro. Por lo tanto, envío una buena parte del dinero a la cuenta Y donde hay mejores ahorros.

Ambas cuentas son de mi propiedad, el salario viene de mi empleador en España, retenciones en fuente.

Cada transferencia es inferior a 10K, pero si añado las distintas transferencias, alcanzo este valor en 2-3 meses porque tengo un salario que se considera alto en España.

Mi pregunta está en relación con la siguiente ley:
> En España, según la ley 7/2012 de la normativa tributaria, el límite para transferir dinero sin declararlo se fija en 10.000 euros.

¿Tengo que declarar en este caso? 
#2

Re: Transferencia entre cuentas. ¿Modelo S1?

Por curiosidad.

¿Dónde se especifica que no se pueden hacer transferencias superiores a 10.000 euros sin declarar?

Yo las he he hecho, y no he tenido que rellenar ningún modelo de hacienda.

 
Informa

 143846-06. TRANSFERENCIAS BANCARIAS 

 

Pregunta

  • ¿Son objeto de declaración las transferencias bancarias?

Respuesta

  • No, las transferencias bancarias no son objeto de declaración, aunque su cantidad supere los 10.000 euros o su contravalor en otras divisas.


Copiado de INFORMA, página web de la Agencia Tributaria.
 

Un saludo.
#4

Re: Transferencia entre cuentas. ¿Modelo S1?

#5

Re: Transferencia entre cuentas. ¿Modelo S1?

En internet, te puedes encontrar de todo.

Yo solamente me baso en sitios oficiales donde se especifique lo que aseveran.

Personalmente he hecho infinidad de transferencias de más de 10.000 euros entre bancos españoles y bancos extranjeros y no he rellenado ningún modelo de hacienda. 

Pero puedo estar equivocado. De ahí la pregunta.

Lo copiado en mi anterior comentario, lo he sacado de la página web de la Agencia Tributaria.

Un saludo.