Habiendo leido todo este hilo puedo contestar en conjunto a todo él. Los problemas planteados tienen una posible solución y de hecho así se está haciendo en la actualidad. Para los premios pequeños no hay problema, ahora bien para los grandes sí. La forma de resolverlo que he visto en las dos peñas en las que participo lo hacen de la siguiente manera, en una de las peñas que es de estas que hacen las admons de loterias y no suelen cobrar comision de gestión o de nada, pues abren una cuenta, o bien tienen en el banco una cuenta puente y desde esta cuenta hacen los distintos pagos a cada uno de los acertantes, en mi caso y dado la cantidad de jugadores que eramos, nos ha tocado en grande un par de veces. Pues bien se pagaba en metalico o en cheque bancario o transferencia, dependiendo de cada uno y luego se hacia una lista con los datos para hacienda. Y finalmente dicha cuenta quedaba liquidada una vez pagado a todo el mundo y recogidos los datos necesarios y se enviaban a hacienda para que los tratasen como desearan.
La otra peña, más formal y asociativa, pues somos 25 amigos que en su día la constituimos con una fuerte cantidad. Los tramites legales se hicieron a través de notario y pusimos las normas. Lo hicimos así porque el notario nos salía gratis, sólo nos cobraba los derechos legales. Curiosamente no está registrada como sociedad civil, mercantil, sociedad de bienes , o como se quiera considerar. Administrativamente está de manera muy correcta concebida, claro la cuestión legal fué vista por un notario. En el escrito publico queda reflejada la inscripcion o pertenencia al grupo, manera de organizarse y todos los responsables. Pero al fin y al cabo sigue siendo una agrupacion voluntaria individual juridicamente, es decir, hemos trasladado la filosofia popular de las peñas a darle caracter legal por el tema de los grandes premios y manejar cuentas bancarias, pues si bien la cuenta bancaria tiene 4 titulares, dicha cuenta realmente no pertenece sólo a dichas personas, sino a los 25 que somos. Esto plantea problemas juridicos y fiscales, que fué por lo que se hizo el tema de la escritura publica, para que quedara constancia legal de prueba.
Logicamente con el paso esto al final crea problemas legales de muchas clases, que siempre quedan resueltos y en la delegación de hacienda de la provincia donde estamos no mucho porque ya conocen el tema y en cuanto salta la alarma como lo hemos explicado muchas veces pues lo resuelven, pero nos han pedido que lo legalicemos como sociedad o como sea y he aquí el motivo por el que pongo este hilo en actualidad. Lo facil es actuar como se suele hacer ahora mismo, pero en el momento que en una cuenta hay mucho dinero a nombre de 4 personas que no es suyo pues viene la problematica.
Hemos estado pensando las distintas formas y no damos con la adecuada, porque como asociación cultural no puede ser. Quizás la que más se aproxime sea la comunidad de bienes, ya que en este aspecto todos aportamos capital como bien. Mercantil no creo que deba ser considerada ya que no nos dedicamos a prestar ningun servicio por el cual tengamos ingresos, tambien pudiera ser cooperativa de inversion de altisimo riesgo. Enfin, lo dejo a vuestra opinión lo que más prodría aproximarsela. Explicarme tambien si conoceis los gastos que genera el registro de la misma, pues cada vez que asignan un nif de sociedad o de asociación hay que pagar.