Acceder

Impuesto de sucesiones en andalucia

14 respuestas
Impuesto de sucesiones en andalucia
Impuesto de sucesiones en andalucia
Página
1 / 2
#1

Impuesto de sucesiones en andalucia

Hola a todos,

Estoy buscando ayuda para intentar no paga tanto en el impuesto sobre sucesiones en andalucia. os explico, tenemos que liquidar la herencia de un familiar directo y segun los asesores tenemos que pagar unos 120.000 euros. me parece un robo a mano armada.

ademas el problema es que los bienes heredaros son inmobiliarios y no tenemos posibilidad de efectuar ese pago. nos dicen que tenemos 6 meses para pagar el impuesto. es correcto??

com oes posible que se tenga que pagar esa cantidad de dinero solo por heredar algo que es un familiar y por lo que este ya ha pagado durente toda su vida??

hay alguna manera de evitar parte del pago?-

por que en alguna comunidades existe este impuesto?

necesitamos ayuda porque estamos muy agobiados por esta situacion-

muchas gracias.

#2

Re: Impuesto de sucesiones en andalucia

Si eres el cónyuge o un descendiente o un ascendiente por consanguinidad (grupos I y II), la base imponible no es superior a 175.000 euros y el patrimonio preexistente es inferior a 402.678,11 euros se puede aplicar una reducción que deje la base liquidable en cero. Aunque por los pocos datos facilitados no creo que sea el caso.

En sucesiones tenéis un plazo de 6 meses, a contar desde el fallecimiento, para presentar la liquidación, si bien podéis solicitar en los cinco primeros una prórroga de otros 6 meses.

En ese mismo plazo de los cinco primeros meses, cuando la herencia esté formada por bienes de difícil realización, podéis solicitar un aplazamiento de pago de hasta un año, sin garantizar la deuda pero con intereses. O bajo las mismas condiciones, solicitar un fraccionamiento de pago en cinco años, que requiere constitución de garantía del pago e intereses.

Y sin que sirva de precedente, comentario "político". El impuesto existe en todas las Comunidades Autónomas, cada una tiene capacidad legislativa al respecto, de tal forma que en unas existen unas reducciones o bonificaciones que no existen en otras. La culpa es de todos. Es lo que hemos votado, cada vez mayores hechos diferenciadores. Cuando pienso que lo lógico sería una armonización fiscal a nivel europeo, nosotros como los cangrejos ... pero es lo que parece que queremos.

Saludos.

#3

Re: Impuesto de sucesiones en andalucia

Aunque me gusta tu respuesta, tanto por los detalles como por el tema de la armonización, el problema es que si existen "paraísos fiscales" es porque también existen "infiernos fiscales".

A este respecto, me hacen gracia ciertos movimientos políticos en Cataluña, siempre a favor de la descentralización, excepto para bajar impuestos, donde quieren limitar esa capacidad a otras comunidades:

http://www.elmundo.es/mundodinero/2007/01/03/economia/1167817712.html

Siempre se puede "votar con los pies", por cierto, una pregunta, ¿este impuesto se paga en función de la localización del beneficiario, del fallecido, o del bien?

Gracias y saludos

#4

Re: Impuesto de sucesiones en andalucia

En caso de sucesiones se aplica la normativa de la Comunidad Autónoma en la que haya tenido su residencia el fallecido durante los cinco años anteriores a la fecha de devengo (la del óbito). Si no hay ninguna en la que se cumpla esta circunstancia, la normativa estatal.

Saludos.

#5

Re: Impuesto de sucesiones en andalucia

muchas gracias al.rodrigo por tu ayuda. h

una duda más, cuando hablas de patrimonio preexistente quieres decir al patrimonio total de la herencia o al patrimonio de cada uno de los herederos.

gracias.

#6

Re: Impuesto de sucesiones en andalucia

El de cada uno de los herederos antes de percibir la herencia.

Saludos.

#7

Re: Impuesto de sucesiones en andalucia

Hola
He heredado una parte de un piso de mi padre que vivia en madrid.Resido en andalucia.¿me afecta el impusto de sucesiones de andalucia?
gtacias

#8

Impuesto de sucesiones en andalucia

Somos de Bilbao, pero residentes en Sevilla. Mi suegro vivió y murió este verano en Bilbao,y tenemos que realizar todos los tramites de herencia. Según la legislación del país vasco nos corresponde un tercio a los hijos. Al vivir en Sevilla tengo que regirme por el impuesto de Sevilla, ó de la provincia del difunto? A cuanto ascendería el impuesto en porcentaje?. La parte que correspondería a cada hijo de ese tercio en dinero, que no en Bienes(usufructo de la viuda) es menor de 100.000 euros, tenemos que declarar?. En caso de cesión a la viudad de nuestra parte, tendríamos que declara a Hacienda algo? No sabemos como guiarnos. Muchas gracias por adelantado.