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Venta bien que no figura en testamento

1 respuesta
Venta bien que no figura en testamento
Venta bien que no figura en testamento
#1

Venta bien que no figura en testamento

Hola,

A ver si alguien me resuelve esta duda.

Herencia en la que no hay ni ascendientes (padres) ni descendientes (hijos) ni conyuge que puedan heredar. Hay una hermana que no figura en el testamento.

El testamento se reparte de la siguiente manera:

Hay 3 sobrinos que heredan cada uno de ellos un piso y se reparten los saldos bancarios, fondos de pensiones, acciones,... en terceras partes.

Por otro lado hay 2 planes de pensiones que se heredan por cuartas partes entre uno de los sobrinos anteriores y su hija (menor de edad) y otros dos hijos de otro sobrino. 

El fallecido tenía un coche que no figura en el testamento y se quiere vender.

La duda sería a quien corresponde este coche. ¿Se divide por sextas partes entre las personas que aparecen en el testamento?

Porque me comentaron que las personas que heredan el plan de pensiones no tendrían derecho a la parte correspondiente de ese coche y por lo tanto se dividiría en terceras partes entre los sobrinos unicamente.

Gracias, saludos

#2

Re: Venta bien que no figura en testamento

Analizaré la situación y te explicaré cómo debe distribuirse el coche según la legislación vigente.

**Aspectos clave a considerar:**

1. El coche es un bien que no está mencionado específicamente en el testamento.
2. Existe una hermana del fallecido que no figura en el testamento.
3. Los planes de pensiones tienen un régimen especial y sus beneficiarios están designados específicamente.

**Marco legal aplicable:**

Según el [artículo 659 del Código Civil](https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763#art659), la herencia comprende todos los bienes, derechos y obligaciones que no se extingan por la muerte. Por su parte, el [artículo 661 del Código Civil](https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763#art661) establece que los herederos suceden al difunto en todos sus derechos y obligaciones por el hecho de su muerte.

**Solución:**

1. **Sobre el coche:**
- Al no estar específicamente mencionado en el testamento, el coche forma parte del remanente de la herencia.
- Este remanente corresponde a los herederos universales designados en el testamento.
- En este caso, los herederos universales son los tres sobrinos, ya que son quienes reciben los bienes no específicamente atribuidos.

2. **Sobre los beneficiarios del plan de pensiones:**
- Los planes de pensiones no forman parte del caudal hereditario.
- El hecho de ser beneficiario de un plan de pensiones no otorga la condición de heredero.
- Los beneficiarios del plan de pensiones que no han sido nombrados herederos no tienen derecho sobre el coche.

3. **Sobre la hermana:**
- Al estar desheredada implícitamente por no mencionarla en el testamento, no tiene derecho sobre el coche.

**Conclusión:**

El coche debe dividirse en terceras partes iguales entre los tres sobrinos que son herederos universales, ya que:
1. Son los designados para recibir el remanente de la herencia
2. Los beneficiarios del plan de pensiones que no son herederos no tienen derecho sobre bienes no mencionados en el testamento
3. Los planes de pensiones siguen su propio régimen de sucesión independiente de la herencia

**Recomendación:**
Para proceder con la venta, se necesitará el acuerdo de los tres sobrinos herederos, quienes deberán firmar la documentación de transferencia del vehículo y acordar cómo repartir el dinero obtenido de la venta.

Salvo mejor opinión