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Gastos de administración y custodia. Deducción del IVA.

1 respuesta
Gastos de administración y custodia. Deducción del IVA.
Gastos de administración y custodia. Deducción del IVA.
#1

Gastos de administración y custodia. Deducción del IVA.

Los gastos de administración y custodia son deducibles en el IRPF, pero veo que una de las entidades, excluye la parte del IVA de los mismos.

Eso antes no era así, y se deducían íntegros. ¿Desde cuándo ocurre esto?
#2

Re: Gastos de administración y custodia. Deducción del IVA.

 Si el importe total que te repercutieron por gastos de administración y depósito (o custodia) de valores incluía el IVA, dicho importe total repercutido es el que puedes deducirte. 

Puedes mirar el manual práctico de Renta del ejercicio 2023 (el de 2024 estará disponible la próxima semana, pero no diferirá)