Re: Ayuda declaracón paralela de hacienda del 2009, la mia esta mal.
se puede determinar q no pueda tener su residencia habitual en huelva( lo mas normal) pero tmbn puede tener su residencia habitual en huelva o no?
se puede determinar q no pueda tener su residencia habitual en huelva( lo mas normal) pero tmbn puede tener su residencia habitual en huelva o no?
Determinarse se puede, solo hace falta probarlo. En este caso la prueba recae en el inspeccionado (el estado de derecho se lo olvidaron el día que hicieron la ley tributaria, la inocencia se presume salvo para hacienda y algunas cosas más toma ya...)
Esto me recuerda un antiguo hilo en que se contraponían dos casos: uno, "el caso de las servilletas" propuesto por Sujeto Pasivo, y otro, "el caso de la sal", propuesto por Bonafidei:
https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/590346-inspeccion-hacienda#respuesta_593143
Saludos.
Los artículos 105 a 108 de la Ley General Tributaria, tratan sobre la prueba.
Como bien dices la carga de la prueba corre de parte de aquel que quiere hacer valer su derecho, en este caso el contribuyente y la valoración de la misma corresponde a los órganos de gestión o inspección, si estos no consideran probado el hecho controvertido, lo único que cabe es el recurso (reposición o reclamación económico-administrativo y en su caso recurso ante el TSJ correspondiente), no hay otra.
Saludos